D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240131-35)
Convocatoria contrato –  Resolución de 19 de enero de 2024, de la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la licitación del contrato “Acuerdo Marco para el suministro de 87 lotes de equipos de infusión parenteral y accesorios para administración de fluidos y medicamentos, jeringas y agujas para todos los centros dependientes del SERMAS, a adjudicar por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios”
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B.O.C.M. Núm. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

Artículo 89.1.f) de la LCSP: Certificados expedidos por los institutos o servicios
oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a
determinadas especificaciones o normas técnicas.
Declaración UE/Marcado CE basada en Reglamento UE 2017/745, de 5 de abril
de 2017, modificado por el reglamento UE 2020/561, de 23 de abril de 2020.
Cada uno de los artículos incluidos en este procedimiento deberá reunir las condiciones exigidas en Reglamento UE 2017/745 y el Reglamento UE 2020/561 o
Real Decreto 1591/2009 o Real Decreto 192/2023, según proceda, sobre productos sanitarios mediante certificado Marcado CE/UE de conformidad, con traducción literal al castellano.
Todos los productos ofertados por los licitadores de los lotes 14 al 21, 35 al 52, 67
al 70, 78 y 82 al 84 deberán cumplir con los requerimientos de la Orden 827/2005,
de 11 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de
Madrid, por la que se establecen e implantan los procedimientos de seguridad y el
sistema de vigilancia frente al accidente con riesgo biológico en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid, y su resolución, para lo que se presentará la correspondiente declaración responsable y también para la normativa europea relativa a la seguridad de los trabajadores sanitarios Orden ESS/1451/2013, de 29 de
julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario.
d) Tramitación: Ordinaria.
e) Procedimiento: Abierto.
2. Garantías exigidas:
— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.
3. Subasta electrónica: No.
4. Criterios de adjudicación: Criterio económico y técnico:
— Puntuación total: 100 puntos:
d Criterio económico: Precio 70 puntos.
d Criterios de calidad: Criterios de carácter técnico: 30 puntos.
5. Condiciones especiales de ejecución del contrato:
En la línea de dar cumplimiento al Artículo 202 de la Ley 9/2017, para la ejecución de
este contrato de suministros, se fijan las siguientes consideraciones de tipo medioambiental como condiciones especiales de ejecución del contrato que deberán aportar en el sobre
número 1 “Documentación Administrativa”:
Como condición general de ejecución, todos los licitadores deberán presentar una declaración responsable donde se determine claramente alguna línea de actuación dirigida a
la implementación de estrategias de gestión medioambiental, tal y como queda detallado en
el Acuerdo de 3 de mayo de 2018, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid,
donde indiquen detalladamente los planes dirigidos a la protección del medioambiente,
vinculados con el suministro que se oferta, como puede ser:
— Línea Estratégica 1: Dirigida a la incorporación de criterios de sostenibilidad en la
línea de utilizar productos respetuosos con el medio ambiente en la fase de fabricación de los productos objeto de este contrato.
— Línea Estratégica 2: Se refiere directamente a las mejoras introducidas en el ciclo
de vida del producto, para que este sea respetuoso con el medioambiente incorporando tanto en sus envases primarios, secundarios y/o cajas de embalaje de material reciclado o bien que haga factible su posterior reciclaje.
Dichas condiciones tendrán la condición de esenciales, de conformidad con el Artículo 202.3 de la Ley 9/2017. Su incumplimiento, así como el del Acuerdo de 3 de mayo de 2018,
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la reserva de
contratos Públicos a favor de ciertas entidades de la economía social y se impulsa la utilización de cláusulas sociales y ambientales en la contratación pública de la Comunidad de
Madrid, dará lugar a la resolución del contrato.
Corresponde a la Unidad Promotora del Acuerdo Marco establecer las medidas para la
comprobación del cumplimiento por los adjudicatarios de las condiciones esenciales establecidas, con carácter semestral, mediante declaración responsable.

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BOCM-20240131-35

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