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Convenio –  Convenio de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Brandverso, S. L., para la realización de prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos de la escuela superior de diseño
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BOCM

MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 26

ce el reconocimiento de créditos de la experiencia laboral y profesional acreditada a efectos de la obtención de un título oficial tanto de grado como de máster, siempre que dicha
experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos fines que
las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. En defecto
de una normativa específica que regule las prácticas extracurriculares de las enseñanzas artísticas superiores, se aplica de forma subsidiaria, el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por
el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
4. Brandverso, S. L., tiene como objeto social la programación informática, agencias
de publicidad y otras actividades de impresión y artes gráficas. Es un estudio de diseño especializado en branding, diseño de experiencia de usuario (UX Design), diseño de interfaces (UI Design) y diseño y desarrollo web, garantizando la construcción de marcas sólidas
y experiencias digitales memorables en un entorno dinámico y amigable y trabaja con diversos perfiles de empresas, entre ellas algunas multinacionales.
5. Esta entidad financia programas de formación incluidos en el ámbito del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de
inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en
programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
la Seguridad Social, mediante la concesión de becas de carácter económico a los alumnos que
participen en dichos programas para la realización de prácticas en la citada entidad.
6. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a través
del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos
ámbitos y competencias, para aplicar los conocimientos adquiridos en la formación académica de los estudiantes de la Escuela Superior de Diseño matriculados en las enseñanzas de
nivel de grado y postgrado mediante la realización de las prácticas extracurriculares remuneradas, permitiendo a los estudiantes acercarse a una primera experiencia laboral y facilitar su empleabilidad.
Por lo anterior, ambas partes acuerdan colaborar para la consecución de los intereses
comunes y suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre la Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades y Brandverso, S. L., para la realización de prácticas
extracurriculares remuneradas de los alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño, cumpliéndose los requisitos de adecuación y compatibilidad con su formación académica. Las prácticas darán lugar al reconocimiento de créditos a efectos de la obtención de
los siguientes Títulos:
— Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño, especialidad Diseño Gráfico.
— Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo, regulado por la Orden
ECD/879/2016, de 7 de abril, por la que se homologa el plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo de la Escuela Superior de Diseño de Madrid.
Segunda
Lugar de desarrollo de las prácticas
Las prácticas se desarrollarán de forma presencial en jornada de mañana o de tarde en
la sede de Brandverso, S. L., en la calle Marqués de la Valdavia, número 16, 28100 Alcobendas, Madrid.
Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades), a través de la Escuela Superior de Diseño
a) Velar por el normal desarrollo de las actividades y funciones de las prácticas, garantizando la compatibilidad del horario de las mismas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.

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