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Convenio –  Convenio de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Brandverso, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

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ceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante
el envío de un correo a la siguiente dirección: hola@brandversodesign.com . Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad de
Brandverso, S. L., en https://brandversodesign.com/
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La
gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de
convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y
limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección
de datos personales”. Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas
designado por Brandverso, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a, del capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento
a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las
normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al
ordenamiento jurídico en general.
Decimotercera
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula undécima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los Juzgados y Tribunales del Orden Contencioso-Administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 19 de diciembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 399/2023, de 17 de febrero; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de marzo de 2023), la Directora de la Escuela Superior de Diseño, Marina Arespacochaga Maroto.—Por Brandverso, S. L., la Administradora Mancomunada, Elena Gil Herrero.—Por Brandverso, S. L., el Administrador
Mancomunado, Javier Ventureira Esteban.

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Solución de controversias