Las Rozas de Madrid (BOCM-20240130-91)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
12 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 25

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ENERO DE 2024

Segundo.—A don Ángel Luis Fernández-Polo Alonso se le delega el ámbito de los
asuntos referentes a Presidencia y Portavocía del Gobierno, y, en concreto, las siguientes
facultades:
I. En relación con la Presidencia:
1. Dirección y gestión en general de los asuntos correspondientes a relaciones institucionales y políticas, relaciones públicas y protocolo y comunicación política.
2. La Portavocía del Gobierno.
3. Las políticas transversales en materia de innovación en las diferentes Concejalías
y con el medio propio municipal (“Las Rozas Innova”).
4. Las propuestas de digitalización en la prestación de servicios por las ConcejalíasDelegadas.
II. En relación con el Turismo y la Promoción de la Ciudad:
1. Diseño y planificación de las líneas estratégicas en materia de turismo y promoción de la ciudad.
2. Promover, difundir y fomentar las actividades turísticas de su ámbito de actuación
que sirva como elemento promocional de la ciudad.
3. Ofrecer información y sensibilizar sobre los recursos turísticos a todos los Agentes Sociales implicados en el mismo.
4. Fomentar la colaboración con otras Administraciones Públicas o cualesquiera
otras entidades públicas o privadas en relación a la promoción de zonas y recursos turísticos de toda índole.
5. Coordinar y supervisar las relaciones internacionales del Ayuntamiento, en especial,
la política de hermanamientos y el desarrollo de las relaciones con las localidades hermanadas.
Tercero.—A doña Gloria Fernández Álvarez se le delega el ámbito referido a Educación y Cultura, y, en concreto, las siguientes facultades:
I. En relación con el Área de Educación:
1. Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de Educación.
2. Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación
educativa.
3. Asumir las relaciones con las distintas Administraciones Públicas educativas para
la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos y participar en
la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
4. Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito
municipal y regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias a las docentes.
5. Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia.
6. Designar al representante del Ayuntamiento en los distintos Consejos Escolares
de los centros públicos.
II. En relación con el Área de Cultura:
1. Dirigir y gestionar los servicios y actividades relativos a la cultura.
2. Dirigir y gestionar las bibliotecas y centros municipales adscritos a la Concejalía.
3. La Fundación Municipal de Cultura.
4. Dirigir y gestionar la Escuela Municipal de Música y Danza.
5. La programación cultural.
6. Dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran su Área de Gobierno.
III. En relación con el Área de Juventud:
1. Dirigir, gestionar y coordinar los servicios y actividades municipales relativos a
Juventud, ocio y tiempo libre, en el marco de la normativa vigente.
2. Informar y asesorar a los jóvenes atendiendo a las demandas específicas.
3. Planificar, organizar y supervisar la ejecución de actividades para jóvenes y para
la ocupación del ocio y del tiempo libre.
IV. En relación con el Área de Ferias:
1. Ordenación y control de ferias, congresos y exposiciones.
2. Otorgamiento de autorizaciones demaniales para la celebración de eventos y certámenes, en el marco establecido en las bases aprobadas por el órgano municipal competente.

Pág. 235

BOCM-20240130-91

BOCM