ARACOVE (BOCM-20240130-102)
Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 25

MARTES 30 DE ENERO DE 2024

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V. OTROS ANUNCIOS
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ARACOVE

Resolución de la Junta Directiva de ARACOVE para la modificación de créditos de la
convocatoria 2/2023, de subvenciones para la financiación de proyectos LEADER en el
marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid.
BDNS 708406
Mediante convocatoria de ayudas 2/2023, publicada en la BDNS (Identif.): 708406, y
su correspondiente extracto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el 21 de julio de 2023, se convocaron ayudas para proyectos no productivos en
base a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de ARACOVE para la Comarca de
las Vegas y la Alcarria de Alcalá.
En el artículo 7 de la mencionada convocatoria se estableció crédito presupuestario por
cuantía estimada de 344.723,47 euros con cargo al convenio LEADER 2014-2020, habilitándose una cuantía adicional de 500.000 de euros en caso de presentación de solicitudes
por un importe de ayuda superior al crédito inicial sin necesidad de nueva convocatoria.
Con la finalidad de atender las necesidades de financiación de esta convocatoria, así
como de las solicitudes cursadas, y atendiendo a la disponibilidad presupuestaria existente
según la modificación presupuestaria del cuadro financiero de la EDL aprobada en Junta
Directiva de 17 de enero de 2024.
En virtud de lo expuesto anteriormente dispongo:
Primero. Modificación de crédito.—1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria 2/2023 de subvenciones para la financiación de proyectos LEADER en el marco del PDR-CM, en base a la EDL de ARACOVE, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 21 de julio de 2023, y en la BDNS (Identif.):
708406, se amplía en 35.261,24 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente para las submedidas convocadas, modificando las partidas presupuestarias según
el cuadro resultante mostrado a continuación:
PRESUP. TOTAL
CONVOCATORIA

Submedida II. Apoyo al desarrollo del sector turístico y conservación del territorio

100260,82 €

Submedida IV. Servicios a la población

279.723,89 €

2. La publicación de esta modificación de crédito no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentación de nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo
para resolver y se hace con carácter previo a la concesión de las ayudas con cargo al crédito ampliado.
Segundo. Recursos.—Contra la presente resolución, cabe interponer reclamación
ante la Autoridad de Gestión del PDR-CM, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID o, directamente reclamación ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo
de dos meses, sin perjuicio de cuantas otras reclamaciones estime oportuno deducir.
Tercero. Habilitación.—Se habilita al Presidente del Grupo de Acción Local para
dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.
Cuarto. Efectos.—Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Chinchón, a 22 de enero de 2024.—El Presidente de ARACOVE, Miguel Ángel Pulido
Cobos.
(03/1.178/24)

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