D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240129-54)
Convenio –  Convenio de 4 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, para el desarrollo del Proyecto “Punto activo ejercicio saludable”, en el marco de la VIII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

Pág. 171

Los destinatarios a los que va dirigido son a los primeros de los grupos que plantea el programa regional de prescripción, los adultos y mayores sanos sedentarios y/o inactivos. Si bien
estos, han de pasar los criterios de inclusión y de exclusión de participación en el programa.
Las actividades tendrán una duración de un curso, similar al del curso escolar, incluyendo los siguientes grupos de actividades:
— Grupos de ejercicio saludable. Uno de ellos tendrá una frecuencia de dos sesiones
semanales, mientras que en el otro la frecuencia será de únicamente una sesión a
la semana. Con estas sesiones se pretende fomentar la utilización del ejercicio físico entre la población adulta de Miraflores de la Sierra acercando distintos elementos deportivos y creando rutinas de entrenamiento en los mismos.
— Paseos saludables. Se harán en una sesión semanal de 3 horas, de forma que la idea
será formar dos grupos en función del nivel y capacidad de los usuarios, generando un grupo de iniciación, y otro de nivel más avanzado.
— Masterclass. Se propondrán tres sesiones en las que se tratará de acercar determinadas actividades a todo tipo de público del municipio.
— Asesoramiento técnico personalizado. Para los usuarios derivados desde los servicios sanitarios, el promotor de ejercicio físico con la titulación necesaria para desarrollar procedimientos de asesoramiento técnico diseñará un programa de acción
personalizado de actividades físicas, determinando el ejercicio o actividad que deberá realizar el usuario según la prescripción realizada, sobre la base de los servicios y recursos deportivos municipales.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 11.470,73 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 12.074,45 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

BOCM-20240129-54

Obligaciones de la Comunidad de Madrid