D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240129-37)
Convenio –  Convenio de 28 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y la Universidad Politécnica de Madrid para la creación de la Cátedra “Economía Circular”
13 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 24

La finalidad de la constitución de la “Cátedra de Economía Circular” es impulsar el conocimiento y la difusión de la economía circular, así como, la promoción de actividades docentes, de investigación y divulgación, que estudien la realidad, problemática y perspectivas de la economía circular, desde todos los puntos de vista que se estimen relevantes en el
ámbito de la sostenibilidad en general, ocupándose de desarrollar programas formativos,
acciones de difusión y transferencia de conocimientos y fomentando la innovación y la investigación en estas materias que contribuya a mejorar la formación de los estudiantes de
la UPM, los profesionales, el tejido empresarial de la Comunidad de Madrid, así como del
resto de ecosistemas de investigación y formación de la región.
Segunda
1. La Colaboración entre las partes coincidirá con los cursos académicos siguientes:
2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026.
2. La UPM procederá a la constitución de la “Cátedra de Economía Circular” dentro
del curso académico 2023-2024.
3. La Cátedra contará con espacios propios e instalaciones en la UPM para el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de la realización puntual de acciones en otros espacios o entornos.
4. La UPM impulsará, en el marco de la actividad docente y con cargo a su presupuesto y recursos, la incorporación de contenidos relativos a la Economía Circular en la formación universitaria reglada y en la formación continua y de especialización, así como en
los trabajos académicos. Los cursos que se organicen al amparo de la Cátedra deberán acogerse a la Normativa de Enseñanzas de Formación Permanente y de Extensión de la Universidad de Politécnica de Madrid.
5. Serán actividades consideradas de interés mutuo, en las que podrán colaborar la
UPM y la Comunidad de Madrid, las siguientes:
1) Actividades de formación:
a. Diseño de programas de formación, contenidos y experiencias de cooperación
educativa desde un enfoque interdisciplinar en materia de economía circular.
b. La realización de conferencias, seminarios, charlas y ponencias.
c. Fomento de trabajos académicos dirigidos por la Universidad en materias definidas por ambas Partes.
2) Actividades de difusión y transferencia de conocimiento:
a. Realización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica.
b. Publicaciones sobre temas de interés de la Cátedra.
c. Promoción de acontecimientos científicos y técnicos.
d. Encuentros de expertos en el área de interés de la Cátedra.
e. Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas
partes.
f. Dinámicas y visitas a instalaciones de gestión, tratamiento y valorización de
residuos.
g. Premios anuales al mejor trabajo fin de grado/máster, relacionados con la economía circular, excluidos del ámbito de aplicación de la Ley General de Subvenciones conforme a lo establecido en su artículo 4.a), de conformidad con
la competencia del artículo 10.1.e) del Decreto 235 /2023, de 6 de septiembre, relativa a la difusión, sensibilización y divulgación de la economía circular y el fomento de campañas de concienciación en materia de sostenibilidad
ambiental.
3) Actividades de fomento de la I+D+i:
a. Potenciar la colaboración científica y transferencia de resultados en el ámbito
nacional e internacional.
b. Promoción de líneas de investigación en el ámbito de la economía circular.
c. Apoyo a la realización de tesis doctorales en el área de conocimiento de la
economía circular.
d. Apoyo a la realización de trabajos de investigación en su dimensión transversal, como trabajo fin de grado o máster, asesoramiento por técnicos especialista, etc. quedando excluidos del ámbito de colaboración los contratos regu-

BOCM-20240129-37

Marco de colaboración