D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240129-58)
Convenio –  Convenio de 28 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Coslada, para el desarrollo del Proyecto “Programa de Deporte para Pacientes de Oncología” en el marco de la VIII edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
7 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 24

Los destinatarios del proyecto serán pacientes oncológicos, mayores de edad, con neoplasias malignas de mama o colon en tratamiento adyuvante, o finalizado, del Hospital Universitario del Henares.
Una vez derivados, personal cualificado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte les suministrará un asesoramiento técnico personalizado, proponiendo un programa de
ejercicio físico adecuado a cada destinatario y supervisando las actividades en las que vaya
participando.
El proyecto se va a llevar a cabo desde septiembre de 2023 a junio de 2024.
Se trata de algo innovador que nace de la colaboración del Hospital Universitario del
Henares y la concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Coslada.
A partir de la información recogida por el especialista y en función de si el usuario ha
practicado o no anteriormente actividad física, le prescribirá una serie de actividades entre
las que podemos destacar:
— Talleres de iniciación a la práctica deportiva.
Actividades deportivas en seco para ganar musculatura complementado con ejercicio en piscina recreativa.
— Práctica deportiva al aire libre.
Las clases se impartirán dos días a la semana y serán de hora y media de duración,
para contar con tiempo suficiente en pro del aprovechamiento de los beneficios de
la actividad propuesta.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 2.864,84 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 70 % del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.092,63 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

BOCM-20240129-58

Obligaciones de la Comunidad de Madrid