D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240129-41)
Convenio –  Convenio de 15 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación FITA, para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ENERO DE 2024

b. Fomentar entrenamientos en habilidades personales y sociales, que permitan
a los jóvenes gestionar eficazmente su tránsito a la vida autónoma y su completa emancipación.
c. Dotar de apoyo presencial para que el/la joven aprenda a gestionar las distintas situaciones administrativas de su vida cotidiana.
B. Área Educativa:
a. Procurar la adquisición de habilidades sociales, así como la mejora de las aptitudes personales para una adecuada integración en la sociedad.
b. Favorecer el desarrollo personal potenciando capacidades e interiorización de
valores.
c. Facilitar el acompañamiento y asesoramiento de jóvenes en procesos de regularización de su documentación, realización de trámites, así como gestión de
su economía.
C. Área Formativo laboral:
a. Coordinar actuaciones con otros agentes sociales implicados en el desarrollo
personal de los jóvenes para su incorporación a recursos formativos, laborales y sociales.
b. Favorecer la inserción sociolaboral proporcionando recursos y asesoramiento
para la capacitación profesional e incorporación laboral orientada a la autonomía personal.
D. Área de Investigación y Coordinación Técnica: Coordinar, consensuar y supervisar las actividades y actuaciones derivadas de la ejecución de este convenio, para
garantizar el cumplimiento de sus objetivos y evaluar la eficacia de las intervenciones.
E. Área de salud y bienestar personal:
a. Guiar en la autonomía personal sobre su situación psicológica y sus necesidades de atención en los recursos de salud.
b. Atender las situaciones de inestabilidad emocional derivadas de sus dificultades psíquicas.
c. Desarrollar programas de conciencia sobre el autocuidado y concienciación
de la problemática personal.
A su vez y siguiendo el esquema de las áreas de actuación enumeradas, este convenio
se materializa en las siguientes actividades:
A. Área Residencial:
— Proporcionar alojamiento en las instalaciones que la entidad disponga para
este fin.
— Equipamiento y mantenimiento de las viviendas.
— Acciones encaminadas a la cobertura de necesidades básicas.
— Establecer cauces de participación de los usuarios en el funcionamiento del piso.
— Actividad de Asamblea para la participación de los jóvenes en las decisiones
de convivencia y de aspectos residenciales.
— Programa motivacional de puntos, en función de la participación e implicación de cada joven en la vida cotidiana de la residencia.
B. Área Educativa:
— Entrevistas de valoración, selección de candidatos y formalización de documentos de compromiso educativo con los jóvenes.
— Diseño, ejecución y evaluación, con participación del joven, de un proyecto
educativo individual (PEI) con un diagnóstico de la realidad personal y social
del joven, necesidades específicas, objetivos, actuaciones e indicadores de
evaluación.
— Talleres grupales de habilidades sociales, educación para la salud, planificación económica, organización doméstica y educación en valores.
— Desarrollo de un programa de plan de ahorro para el aprendizaje de criterios
de gasto y ahorro, dirigido al adecuado uso de los recursos económicos.
— Orientación y organización de actividades de ocio, deportivas y culturales.
— Información y apoyo para regularización de documentos (tarjeta sanitaria, empadronamiento, D.N.I., pasaporte, permisos residencia, permisos de trabajo).

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BOCM-20240129-41

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