D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240127-22)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Ayuntamiento de Collado Villalba, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “El Gorronal. Fase I”, en el municipio de Collado Villalba, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Collado Villalba como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

Pág. 171

Vigesimosexta
Naturaleza jurídica
1. Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado
en los artículos 47a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Teniendo en cuenta que el convenio instrumenta la concesión de una subvención, se estará lo dispuesto en el artículo 48.7 de la citada Ley 40/2015, siendo de aplicación, la Ley 2/1995,
de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, además de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Adicionalmente, será de aplicación al convenio el régimen jurídico del Programa
de ayudas establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan
los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como la siguiente normativa reguladora del PRTR MRR:
— Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
— Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Decisión de Ejecución
relativa a la aprobación de la Evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
— Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
— Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (“Diario Oficial de la Unión Europea” núm. 58, de 18 de febrero de 2021).
— Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013 (UE)1301/2013
(UE) 1303/2013 (UE) 1304/2013 (UE) 1309/2013 (UE) 1316/2013 (UE) 223/2014 y
(UE) 283/2014 y la Decisión 541/2014/UE, y por el que se deroga el Reglamento
(UE, Euratom) 966/2012.

BOCM-20240127-22

cas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información
a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en el
Anexo II del presente convenio.