D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240127-22)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Ayuntamiento de Collado Villalba, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “El Gorronal. Fase I”, en el municipio de Collado Villalba, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Collado Villalba como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

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3. Las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
La documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser aportada a la Comunidad de Madrid para su verificación antes del 10 de noviembre de 2026 para su remisión al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.
4. Para la liquidación final se deberá aportar por el Ayuntamiento de Collado Villalba una nueva cuenta justificativa en los términos del apartado primero de esta cláusula. En
el supuesto de que se justifiquen inversiones por importe inferior a la subvención reconocida en la liquidación provisional, se procederá al reintegro de la diferencia en la Tesorería
de la Comunidad de Madrid.

Decimotercera
Procedimiento en la fase de concesión de las ayudas para la mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda
1. En la fase de concesión de las ayudas, el Ayuntamiento de Collado Villalba, realizará todas las actuaciones que la normativa de subvenciones establece para las entidades
colaboradoras, y en concreto, las siguientes:
— Recibir todas las solicitudes, remitidas o puestas a disposición en la plataforma digital por la Dirección General con competencia en materia de vivienda, que hayan
sido presentadas dentro del plazo que se establezca en la convocatoria.
— Comprobación de todos los extremos contenidos en las solicitudes presentadas y
de la documentación que se adjunta a la misma, así como recabar toda la documentación que el solicitante autorice su consulta, de acuerdo con lo establecido en
la convocatoria.
— En el supuesto de que una solicitud no incluyera toda la documentación preceptiva
ni la autorización para su consulta, según lo establecido en la convocatoria, deberá realizar los trámites necesarios para que el solicitante pueda completar dicha
documentación mediante la emisión de un requerimiento en el que se otorgará un
plazo de 10 días hábiles para que se subsane la referida documentación.

BOCM-20240127-22

IV. Disposiciones relativas a las ayudas para la mejora
o rehabilitación de edificiosde uso predominante residencial para vivienda
Decimosegunda
Gestión de las ayudas para la mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante
residencial para vivienda
1. De conformidad con lo previsto en el apartado cuarto del Acuerdo número 19 de Comisión Bilateral, de fecha 16 de marzo de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Collado Villalba, la
Comunidad de Madrid convocará las ayudas para actuaciones de rehabilitación de los ERRP relacionadas en el citado Acuerdo, y su concesión se realizará mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva regulado en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El Ayuntamiento de Collado Villalba desarrollará las siguientes actuaciones,
siempre y cuando la Comunidad de Madrid proceda a convocar las ayudas para la mejora o
rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda recogidas en el
citado Acuerdo de Comisión Bilateral:
a. En el marco del procedimiento de otorgamiento de las ayudas a las actuaciones de
mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, colaborará en la gestión del procedimiento, actuando en nombre y por cuenta
del órgano concedente y ejerciendo las funciones que corresponden a las entidades
colaboradoras de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en la Ley 2/1995, de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 7 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
b. El Ayuntamiento de Collado Villalba, actuará durante el proceso de concesión
como entidad colaboradora y, una vez determinado el reparto de los fondos, actuará como perceptor y gestor del abono de las ayudas que corresponden a los particulares, con las obligaciones y en los términos previstos en este Convenio.