D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240127-21)
Convenio –  Convenio de 18 de diciembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico, en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “San Lorenzo de El Escorial. Fase I”, en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
50 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

Pág. 123

la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás
ayudas públicas, así como en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y la fecha indicados en la firma electrónica del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Madrid, a 18 de diciembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento
de San Lorenzo de El Escorial, la Alcaldesa-Presidenta de San Lorenzo de El Escorial,
Carlota López Esteban.
BLOQUE I
ANEXO I
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO
DE INTERÉS (DACI)-DECISORES
Negocio jurídico: Subvención.
Título expediente: Convenio en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una
subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras)
al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de
edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina
de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del
entorno físico, en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “San Lorenzo de El Escorial. Fase I”, en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU.

Primero
Estar informado de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 “Conflicto de intereses”, del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE), establece que “existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial
y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto
de interés personal”.
2. Que el artículo 64 “Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses” de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés como “cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación,
que además partícipe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el
resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad o independencia en el contexto del procedimiento de licitación”.
3. Que el apartado 3 de la disposición adicional centésima décima segunda de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, establece que “El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta de
aplicación a los empleados públicos y resto del personal al servicio de entidades decisoras,
ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia
a órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de
concesión de subvenciones”.
4. Que apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece que:
— “A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un
interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, en-

BOCM-20240127-21

Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de concesión de subvenciones, arriba referenciado, el abajo firmante, como participante en el proceso de preparación y
tramitación del expediente, declara: