D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240127-21)
Convenio –  Convenio de 18 de diciembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico, en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “San Lorenzo de El Escorial. Fase I”, en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
50 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

Pág. 117

Decimosexta
Control de ayudas y medidas antifraude
1. El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial se someterá a las actuaciones de
comprobación del destino y aplicación de las ayudas concedidas a efectuar por la Dirección
General con competencias en materia de vivienda, a las de fiscalización y control financiero a cargo de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Intervención General de
la Administración del Estado, Cámara de Cuentas y Tribunal de Cuentas, así como a los
controles que puedan efectuar la Comisión, el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, la
OLAF o la Fiscalía Europea, en los términos establecidos en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 y en ejercicio de las competencias que a dichos órganos se confieren
en el artículo 129 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
2. El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, autoriza de forma expresamente
el acceso a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales previsto en la
Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la
presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su
publicación, y la cesión de información al Sistema de Fondos Europeos, a efectos de cumplir
con lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241, y de su inclusión en una
base de datos única a efectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial aplicará la normativa (europea,
estatal y autonómica) referente a los conflictos de intereses. En particular, el artículo 53 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los principios éticos, los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan la obligación de abstención, así como la posibilidad de ser recusados por
los interesados por esas mismas causas, y, entre otras, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
4. En su condición de órgano concedente de las ayudas a actuaciones de mejora y
rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial, deberá aplicar la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de 24 de enero.
5. Todos los intervinientes en las diferentes fases del procedimiento de estas ayudas,
en particular, el órgano concedente, los miembros de los órganos colegiados de valoración
en las fases de valoración de solicitudes y resolución de concesión, así como los destinatarios últimos de las ayudas concedidas por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial
a actuaciones de mejora y rehabilitación, quedan obligados a la firma de la declaración de
ausencia de conflictos de intereses (DACI) incorporadas, respectivamente, como anexos
del presente convenio.
6. Se ponen a disposición de los beneficiarios y solicitantes de ayudas los siguientes
canales de comunicación para informar de sospechas de fraude en la gestión y otorgamiento de ayudas:
— Canal de denuncias Infofraude de la Intervención General de la Administración del
Estado: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
— Canal de sugerencias y quejas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid: https://www.comunidad.madrid/transparencia/presentacion-sugerenciasy-quejas-administracion- general-comunidad-madrid-resumen-y-presentacion

Control de las ayudas
1. El presente convenio se regulará en materia de fiscalización y control, por lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente será de aplicación, las
disposiciones relativas al programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BOCM-20240127-21

Decimoséptima