D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240127-12)
Convenio –  Adenda de 16 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Asociación de Mujeres y Consumidores de Madrid (UNAE), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

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asociación en un número superior al previsto, previa tramitación del expediente económico de gasto y la fiscalización del mismo por la Intervención Delegada.
V. Que el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, dispone, en cuanto al régimen de modificación de los convenios, que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
VI. Que se ha producido un aumento en el número de solicitudes de arbitraje de consumo presentadas ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, por lo
que se hace necesario ampliar en dieciocho, las vistas arbitrales previstas en el convenio
para el año 2024, pasando de ciento siete a ciento veinticinco, con un número total, en consecuencia, de trescientas treinta y nueve vistas durante toda la vigencia del convenio.
VII. Que el número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la vigencia del convenio, tras la presente modificación, se ha estimado en trescientas treinta y nueve, a razón de ciento siete correspondientes a los años 2022 y 2023, y ciento veinticinco en 2024.
ACUERDAN
Primero
Modificación de la cláusula cuarta del convenio
Se modifica el tercer párrafo de la cláusula cuarta del convenio, que queda redactado
en los siguientes términos:
“El número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la vigencia
del convenio se ha estimado en trescientas treinta y nueve, a razón de ciento siete en cada
una de las anualidades correspondientes a los años 2022 y 2023, y ciento veinticinco en
el año 2024. El importe máximo que deberá ser abonado por la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, a través del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, durante la
vigencia del convenio, asciende a la cantidad de dieciséis mil novecientos cincuenta
euros (16.950,00 euros)”.
Segundo
Efectos de la adenda de modificación

BOCM-20240127-12

La modificación contenida en la presente adenda tendrá eficacia desde su firma y deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de modificación, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de
las partes.
Madrid, a 16 de diciembre de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden 3/12/2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez
Asensio.—La Presidenta de la Asociación de Mujeres y Consumidores de Madrid (UNAE),
Palmira Royo Conesa.
(03/131/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791