D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240126-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Ente Público Hospital de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Europea de Madrid, para la formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 22

ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES
QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS EN EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
D. .......................................................................................................................................................
con DNI/ NIF/NIE.....................................tiene la condición de personal en formación en régimen de
alumnado en el Centro Sanitario .................................................................. como:
● Alumno universitario de Grado:
F Enfermería

Las prácticas se desarrollarán en las instalaciones de (INDICAR EL CENTRO).
El periodo de prácticas es de (INDICAR) del citado curso académico. La duración del programa
de prácticas será de un total de __ horas.
Durante el periodo de prácticas en (INDICAR), el estudiante estará cubierto por un seguro de
responsabilidad civil a cargo de la Universidad Europea de Madrid.
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio de colaboración y
asumirlos en la formulación y contenido convenidos.
A este respecto, el Servicio Madrileño de Salud en cumplimiento del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley
41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente, tiene la obligación
de garantizar los derechos de protección de datos de los pacientes y de las personas en el
tratamiento de sus datos, considerando además que el tratamiento de datos personales referidos a
la salud de una persona es especialmente sensible y requiere especial protección. Por todo ello, es
necesario que el estudiante conozca y respete los siguientes aspectos durante su estancia en las
instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre
cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los
de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado, ni
tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez
cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del Servicio Madrileño de Salud obtenida
de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo
autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración,
los datos de carácter personal pertenecientes al Servicio Madrileño de Salud que pudiera tener
bajo control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al Servicio Madrileño de Salud por
el método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de
carácter personal.
4. El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones del Servicio Madrileño de
Salud, se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas
de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.

6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de
información del Servicio Madrileño de Salud sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad del Servicio Madrileño de Salud están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión o
comunicación sin la debida autorización.

BOCM-20240126-44

5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y
comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en la institución sanitaria. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad,
transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.