D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240126-76)
Convenio –  Convenio de 4 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Lozoya, para el desarrollo del Proyecto “Lozoya. Íntegra y Activa”, en el marco de la VIII edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad física y Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 22

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

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de alguna limitación física. Tendrá una periodicidad de una sesión semanal de una
hora y media de duración.
— La actividad “Montaña sin barreras”, consiste en rutas en grupo, por el entorno de
Lozoya, en el Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama, en la que además de
realizar actividad física se da a conocer el medio natural que nos rodea y contenidos para su interpretación. La actividad es inclusiva, de forma que incluye población con algún tipo de diversidad funcional. Se realizará una ruta mensual en los
meses de octubre, abril y mayo, y tres sesiones de formación previas a las rutas
programadas, para guías acompañantes.
— Taller transversal de formación y sensibilización: Hábitos de vida saludable y su
relación con la actividad física: Alimentación y cuidado personal. La actividad se
compone de 9 sesiones, repartidas a lo largo de los meses de duración del programa general de actividad física, y está dirigido para población adulta.
— Marcha nórdica: Se trata de un ejercicio completo, apto para cualquier edad o estado de condición física. Se realizará una sesión semanal.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.622,46 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 85,86 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 8.878 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

Obligaciones del Ayuntamiento
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a:
— Ejecutar el Proyecto en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2023 y junio de 2024, y conforme a la planificación y temporalización presentada.
— Designar un responsable del Proyecto y comunicar sus datos a la Dirección General
de Deportes.

BOCM-20240126-76

Tercera