D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240126-85)
Convenio –  Convenio de 12 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Madarcos, para el desarrollo del proyecto “Cuídate, cuídame, Madarcos” en el marco de la VIII edición del programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM

VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 22

El plazo de ejecución del proyecto, dentro del curso escolar 2023-24, será de un máximo de nueve meses.
Las actividades principales que van a integrar la estrategia, con las cuales se quiere
acabar con el sedentarismo e incorporar a la actividad física a personas que no practican deporte, van a ser 3:
— Gimnasia de mantenimiento: la gimnasia de mantenimiento es el ejercicio mínimo
que toda persona debe realizar para mantenerse sana y tratar de conservar el cuerpo en forma y mantener una constitución flexible, ágil, potente. La actividad se
desarrollará 1 día en semana, una hora semanal. Los destinatarios, serán hombres
y mujeres de 12 a 85 años.
— Pilates: esta actividad se realizará durante dos horas a la semana. Los destinatarios, serán hombres y mujeres de 18 a 80 años. El objetivo principal, es que el mayor número de personas prueben esta disciplina para que obtengan los beneficios
de esta práctica.
— Risoterapia & yoga de la risa: esta actividad se realizará con una frecuencia de dos
sesiones semanales. Los destinatarios, serán hombres y mujeres de 14 a 80 años.
Fomentará la posibilidad de interrelación entre las personas que viven todo el año
en este pequeño municipio, permitiéndoles hacer juntos las actividades.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 4.216,68 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 66,93 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.300 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.
Tercera
Obligaciones del Ayuntamiento
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a:
— Ejecutar el Proyecto en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2023 y junio de 2024, y conforme a la planificación y temporalización presentada.

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