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Convenio –  Adenda de 22 de diciembre de 2023, modificativa al convenio de cooperación educativa entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia) de 20 de mayo de 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 22

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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ADENDA de 22 de diciembre de 2023, modificativa al convenio de cooperación
educativa entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia) de 20 de mayo de 2021.
REUNIDOS

De una parte, Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia,
Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150,
de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Eva Senra Díaz, Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Alcalá (UAH), actuando en nombre y representación de esta
Universidad, conforme a las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector
Magnífico (Resolución de 29 de marzo de 2022, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 94, de 21 de abril de 2022), con domicilio a los efectos del presente convenio
en la plaza de San Diego, s/n, 28801 Alcalá de Henares (Madrid), CIF Q2818018J.
Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente adenda de modificación del convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 20 de mayo de 2021 fue suscrito el convenio de cooperación educativa
entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia) cuyo
objeto, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula primera, consiste en establecer líneas de
colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia) para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas en la sede de
la Abogacía General de la Comunidad de Madrid de los estudiantes matriculados en los estudios oficiales de Grado en Derecho y Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas.

Con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el
Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de Medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un
nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones que, en su disposición derogatoria segunda, deroga la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018,
de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
El Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en adelante, TRLGSS), y en cuyo apartado treinta y cuatro, añade una nueva disposición adicional quincuagésima segunda al TRLGSS
sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.
El apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece que
en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones
de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

BOCM-20240126-32

Segundo