Tielmes (BOCM-20240125-88)
Régimen económico. Ordenanzas precios públicos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 21

El pago de dichos precios públicos se efectuará en el momento del inicio de la prestación del servicio que se refiera el apartado 2 de la tarifa.
Bonificaciones
Art. 5.
— Familia numerosa: 25 %.
— Parados de larga duración (se exigirá que ambos cónyuges estén en esta situación): 25 %.
— Por segundo hermano: 25 %.
Estas bonificaciones serán de aplicación alternativa y en ningún caso se podrán disfrutar de forma acumulativa.
DISPOSICIÓN FINAL
Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor, con efecto del 1 de enero de 2024, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
En Tielmes, a 15 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Barbero
Moreno.
(03/771/24)

BOCM-20240125-88

LETÍN

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ISSN 1989-4791