Valdemoro (BOCM-20240125-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 21
— Dirigir, informar, controlar y supervisar el funcionamiento de todos los asuntos
que sean competencia del Servicio.
— Elaborar la propuesta de Presupuesto anual, de acuerdo a las directrices y objetivos
fijados por el responsable del que depende.
— Participar en los procesos de contratación de bienes y servicios, conforme a los
procedimientos y presupuestos establecidos.
— Tramitar los expedientes administrativos, con preparación de documentación,
emisión de informes y dictámenes y propuesta de resolución, para su posterior
elevación a los órganos municipales competentes para su resolución.
— Cumplimentar las actividades en los plazos y calidades previstas, llevando a cabo
el correspondiente registro y archivo de la documentación oportuna.
— Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Servicio, controlando el cumplimiento de las funciones y obligaciones del mismo.
— Asumir el régimen de suplencia establecido.
— Atender a las relaciones humanas y al perfeccionamiento profesional y contribuyendo a su motivación en el aprendizaje.
— Representar a nivel técnico a la unidad ante otros órganos del Ayuntamiento.
— Estudiar, informar, asesorar y realizar propuestas de carácter superior, sobre cualquier materia incluida en el ámbito funcional del Servicio.
— Manejar los ordenadores y aplicativos informáticos y tecnológicos necesarios para
el correcto desempeño del puesto de trabajo.
— Cumplimentar las actividades en los plazos y calidades previstas.
— Tratar de resolver cuantos problemas surjan en su ámbito de gestión y responsabilidad profesional, poniendo en conocimiento de su superior las incidencias
producidas.
— Asumir el régimen de suplencia establecido.
— Cumplir con las normas y procedimientos en materia de prevención de riesgos laborales, en materia de protección de datos de carácter personal, de transparencia
y acceso a la información pública y de políticas de seguridad en la utilización de
medios electrónicos.
— Realizar todas las funciones legal y/o reglamentariamente establecidas.
— Redactar informes, realizar inspecciones y atender a la ciudadanía, en relación al
cumplimiento de la normativa en materia de edificación y actividades, que sea objeto de control municipal.
— Redactar proyectos de edificación, dirección de obras y dirección de ejecución de
obras conforme a lo dispuesto por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación o norma que la sustituya y disposiciones legales vigentes de
acuerdo con su especialidad y competencias específicas.
— Redactar proyectos y dirección de obras de urbanización y de todo tipo de espacios públicos e instalaciones urbanas, según las disposiciones legales vigentes de
acuerdo con su especialidad y ámbito de competencia según su titulación.
— Redactar documentación técnica para la ejecución de obras de menor entidad no
incluidas en los apartados anteriores.
— Supervisar, controlar y responsabilizarse de contratos de obras municipales y
cuantas otras actuaciones correspondan en razón de su especialidad y competencias específicas en cumplimiento de la legislación vigente en materia de contratos
del sector público.
— Redactar, gestionar y ejecutar el planeamiento.
— Dar información urbanística de todo tipo, incluida la información pública del
planeamiento.
— Emitir informes técnicos de todo tipo según su especialidad y ámbito de competencia según su titulación.
— Emitir certificaciones, valoraciones, estudios, memorias y consultorías en materias
relacionadas con su especialidad y ámbito de competencia.
— Controlar y proteger el cumplimiento de la legalidad urbanística y de la edificación, de actividades clasificadas e inocuas y espectáculos públicos, conforme a las
disposiciones legales vigentes de competencia municipal, incluyendo la inspección
y emisión de informes técnicos.
— Ejercer un control del deber de conservación por los propietarios de terrenos, instalaciones, construcciones y edificaciones, conforme a las disposiciones legales
vigentes de competencia municipal, incluyendo la inspección y emisión de informes técnicos.
BOCM-20240125-92
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 21
— Dirigir, informar, controlar y supervisar el funcionamiento de todos los asuntos
que sean competencia del Servicio.
— Elaborar la propuesta de Presupuesto anual, de acuerdo a las directrices y objetivos
fijados por el responsable del que depende.
— Participar en los procesos de contratación de bienes y servicios, conforme a los
procedimientos y presupuestos establecidos.
— Tramitar los expedientes administrativos, con preparación de documentación,
emisión de informes y dictámenes y propuesta de resolución, para su posterior
elevación a los órganos municipales competentes para su resolución.
— Cumplimentar las actividades en los plazos y calidades previstas, llevando a cabo
el correspondiente registro y archivo de la documentación oportuna.
— Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Servicio, controlando el cumplimiento de las funciones y obligaciones del mismo.
— Asumir el régimen de suplencia establecido.
— Atender a las relaciones humanas y al perfeccionamiento profesional y contribuyendo a su motivación en el aprendizaje.
— Representar a nivel técnico a la unidad ante otros órganos del Ayuntamiento.
— Estudiar, informar, asesorar y realizar propuestas de carácter superior, sobre cualquier materia incluida en el ámbito funcional del Servicio.
— Manejar los ordenadores y aplicativos informáticos y tecnológicos necesarios para
el correcto desempeño del puesto de trabajo.
— Cumplimentar las actividades en los plazos y calidades previstas.
— Tratar de resolver cuantos problemas surjan en su ámbito de gestión y responsabilidad profesional, poniendo en conocimiento de su superior las incidencias
producidas.
— Asumir el régimen de suplencia establecido.
— Cumplir con las normas y procedimientos en materia de prevención de riesgos laborales, en materia de protección de datos de carácter personal, de transparencia
y acceso a la información pública y de políticas de seguridad en la utilización de
medios electrónicos.
— Realizar todas las funciones legal y/o reglamentariamente establecidas.
— Redactar informes, realizar inspecciones y atender a la ciudadanía, en relación al
cumplimiento de la normativa en materia de edificación y actividades, que sea objeto de control municipal.
— Redactar proyectos de edificación, dirección de obras y dirección de ejecución de
obras conforme a lo dispuesto por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación o norma que la sustituya y disposiciones legales vigentes de
acuerdo con su especialidad y competencias específicas.
— Redactar proyectos y dirección de obras de urbanización y de todo tipo de espacios públicos e instalaciones urbanas, según las disposiciones legales vigentes de
acuerdo con su especialidad y ámbito de competencia según su titulación.
— Redactar documentación técnica para la ejecución de obras de menor entidad no
incluidas en los apartados anteriores.
— Supervisar, controlar y responsabilizarse de contratos de obras municipales y
cuantas otras actuaciones correspondan en razón de su especialidad y competencias específicas en cumplimiento de la legislación vigente en materia de contratos
del sector público.
— Redactar, gestionar y ejecutar el planeamiento.
— Dar información urbanística de todo tipo, incluida la información pública del
planeamiento.
— Emitir informes técnicos de todo tipo según su especialidad y ámbito de competencia según su titulación.
— Emitir certificaciones, valoraciones, estudios, memorias y consultorías en materias
relacionadas con su especialidad y ámbito de competencia.
— Controlar y proteger el cumplimiento de la legalidad urbanística y de la edificación, de actividades clasificadas e inocuas y espectáculos públicos, conforme a las
disposiciones legales vigentes de competencia municipal, incluyendo la inspección
y emisión de informes técnicos.
— Ejercer un control del deber de conservación por los propietarios de terrenos, instalaciones, construcciones y edificaciones, conforme a las disposiciones legales
vigentes de competencia municipal, incluyendo la inspección y emisión de informes técnicos.
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