D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240125-43)
Convenio –  Convenio de 1 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villamantilla, para el desarrollo del Proyecto “Salud activa Villamantilla con taller de iniciación al ejercicio físico” en el marco de la VIII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

Pág. 169

Como objetivos específicos principales del proyecto, figuran:
— Implantar y desarrollar una prescripción personalizada de actividad física y ejercicio físico según las características biopsicosociales de las personas atendidas en
los distintos ámbitos de atención del programa.
— Constituir 1 punto de atención y orientación a la actividad física, ejercicio físico y
deporte.
— Desarrollar como herramienta de intervención específica del proyecto 18 talleres
de iniciación al ejercicio físico como recurso normalizado de actividad física y ejercicio físico. El objetivo principal es facilitar un proceso tutorizado en el que los
usuarios puedan experimentar diversas propuestas de actividad física y deporte, al
mismo tiempo que reciben información práctica y un asesoramiento personalizado.
— Desarrollar 1 charla mensual recurrente de 1 o 2 horas de duración para informar y
concienciar a la población sobre nutrición, psicología y movimiento.
— Desarrollar 1 punto activo cada 2 meses llamado “Beactiveday”.
— Realizar la intervención en los días sin cole con los más pequeños usando 2 horas
cada día, para destinarlos a fines lúdico-deportivos, de formación y concienciación en hábitos activos.
La ejecución del mismo se plantea en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2023
y el 30 de junio de 2024.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 15.000 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 94,40 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 15.890 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

BOCM-20240125-43

Obligaciones de la Comunidad de Madrid