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Convenio –  Adenda de 26 de diciembre de 2023, por la que se modifica el convenio suscrito el 30 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio
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B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ADENDA de 26 de diciembre de 2023, por la que se modifica el convenio suscrito
el 30 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio.
REUNIDOS

De una parte, D. Gonzalo Cabrera Martín, Director General de Cultura e Industrias Creativas, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud
del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en
virtud del nombramiento efectuado por Decreto 270/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de
Gobierno, de acuerdo con la delegación prevista en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre,
y de conformidad con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y
con el Decreto 264/2023, de 05 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra parte, D. Santiago Alonso Nuevo, Concejal-Delegado de Cultura del Excmo.
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en virtud de la Delegación conferida por Resolución
de Alcaldía Presidencia número 3840/2023, de 18 de julio de 2023.
Ambas partes, en las representaciones que intervienen, se reconocen, recíprocamente,
representación y capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y al efecto

I. Que, con fecha 23 de diciembre de 2021, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares firmaron una Adenda por la que se prorrogaba la vigencia
del convenio de colaboración para el fomento, la promoción y la difusión de actividades coreográficas, en centros de titularidad municipal, suscrito el 30 de abril de 2021.
II. Que el artículo 5 del Decreto 229/2021, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, atribuye, entre otras, a la Dirección General de Promoción Cultural, las competencias relativas a la promoción, gestión, seguimiento y control de las actividades de la cultura y las artes escénicas, musicales y cinematográficas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
III. Que la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente identifica como una de las actividades a desarrollar por la Dirección General de Promoción Cultural la realización de actividades y proyectos coreográficos integradores de sectores de población diversificados y como descentralización cultural, para lo cual se suscribirán los
correspondientes convenios.
IV. Que uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el año 2024 es el desarrollo de la danza y su difusión, en todas sus manifestaciones, en
todo el territorio de la Comunidad de Madrid, a cuyo fin realizará todas las acciones necesarias
para promover la cultura coreográfica y realizar una labor de formación de los ciudadanos cuyo
fin último es la creación de nuevos públicos y la consolidación del ya existente.
V. Que al carecer la Comunidad de Madrid de los medios necesarios para llevar a
cabo dichos objetivos al no disponer prácticamente de teatros propios en municipios distintos al de Madrid, en los que poder desarrollar por sí misma dichas actividades, la descentralización cultural a través de las entidades locales, se ha revelado como un instrumento
óptimo para lograr dichos fines ya que por su cercanía a los destinatarios últimos de estos
bienes, los habitantes de las localidades donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para
facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.
VI. Que conforme a lo señalado en la cláusula octava el citado convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, si bien las partes podrán, en cualquier momento an-

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