San Fernando de Henares (BOCM-20240124-88)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 20

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del decreto 2024DECR000092 de 19 de enero 2024, del concejal de Cultura,
Festejos y Promoción de la Ciudad, por el cual se aprueban las bases específicas que habrán
de regir la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos por la participación en el
carnaval del año 2024 en el municipio de San Fernando de Henares.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
“link de la BDNS” así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

Primero. Objeto, condiciones y finalidad.—Las presentes bases, tienen por objeto la
regulación general de la concesión de subvenciones, destinadas a financiar parte del gasto
de las asociaciones y colectivos locales, con un límite de 20 participantes inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que colaboren en los eventos y actos del pasacalle, en el Carnaval 2024, organizado por el Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en la misma y solicitar subvención las
asociaciones y entidades ciudadanas, legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
Tercero. Requisitos de los solicitantes.—Podrán ser beneficiarias las entidades que
reúnan los siguientes requisitos:
Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de San Fernando de Henares y tener sus datos actualizados.
De haber recibido subvención de la concejalía de Festejos en años anteriores, haberlas
justificado debidamente.
Tengan su ámbito de actuación dentro del municipio de San Fernando de Henares.
Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No estar inmersa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cuarto. Presentación y plazos de solicitud.—El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto. Procedimiento de concesión de las subvenciones.—La obtención de participación y concesión de las subvenciones de los carnavales 2024 se tramitarán, en régimen
de concurrencia competitiva.
Sexto. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento.—Las solicitudes serán informadas por la Comisión Técnica de la Concejalía de Cultura y Festejos,
compuesta por empleados públicos de los departamentos citados anteriormente.
Séptimo. Dotación presupuestaria.—El importe total destinado a esta convocatoria
asciende a 8.000 euros.
Octavo. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo
dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de
2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal
que publicará el texto íntegro de la misma.

BOCM-20240124-88

BDNS: 740299