Boadilla del Monte (BOCM-20240124-63)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 20

MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

Pág. 301

Plazos de pago
Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2024. En el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, la adhesión a los
sistemas especiales de pago, PEP2 y PEP6 implicará su cobro fraccionado mediante domiciliación bancaria, en las fechas propias de cada modalidad.
Modalidad de pago
La recaudación de tributos municipales y demás ingresos de derecho público se realizará:
— Por Internet, a través de la pasarela de pago de la Sede Municipal.
— A través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander y
Caixabank, en la forma establecida por dichas entidades.
— Oficinas de correos.
Medios de pago
Los medios de pago para la atención de la deuda serán los que figuren en el documento normalizado facilitado a tal efecto. Con carácter general, se relacionan:
— Domiciliación bancaria, en los plazos recogidos en el artículo 59 de ordenanza fiscal general de gestión, inspección, recaudación y revisión de los tributos municipales y otros ingresos de derecho público.
— Dinero de curso legal a través de entidades colaboradoras.
— Tarjeta bancaria, de crédito y débito, en caso de pago por:
d Internet, en la Sede Electrónica tributaria municipal.
d Cajeros automáticos de las entidades colaboradoras.
— Banca electrónica de las entidades colaboradoras en la recaudación, para clientes
de ese servicio de banca, en las condiciones que cada entidad establezca.
— Giro postal, en las oficinas de correos.
— Cargo en cuenta, para liquidaciones cuya cuantía supere 3.000 euros previa solicitud
del interesado realizada hasta cinco días antes de finalizar el período voluntario.
Lugares, días y horas de pago

BOCM-20240124-63

Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas
bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que a efectos de
cobro (servicio de caja/cajeros automáticos) la entidad tenga establecidos o a través de su
banca electrónica, si son clientes.
Los pagos por Internet, a través de la Sede Electrónica, o la Sede Tributaria, cuya dirección es: sedetributaria.aytoboadilla.org podrán efectuarse en cualquier día y hora dentro
del período establecido. Las incidencias técnicas que puedan surgir en intentos de pago fallidos realizados el último día del período, fuera del horario de atención al público de este
Ayuntamiento, no servirán como justificación del impago en plazo.
Los pagos mediante giro postal a través de las oficinas de correos se realizarán dentro
del horario de atención que tengan establecido.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan.
En Boadilla del Monte, a 12 de enero de 2024.—El concejal-delegado de Régimen Interior, Atención al Ciudadano, Hacienda, Contratación y Asuntos Jurídicos, Alfonso
Vázquez Machero.
(01/708/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791