Navas del Rey (BOCM-20240124-85)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
Pág. 344

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 20

— Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,02 puntos.
— Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,02 puntos por el número de horas lectivas realizadas.
4. La puntuación final del proceso selectivo se obtendrá sumando las puntuaciones
conseguidas en la fase de oposición y la suma de la fase de concurso, suma final que solo
procederá en los casos de los/as aspirantes que hayan superado los dos ejercicios obligatorios de la fase de oposición.
En los supuestos de empate entre las puntuaciones totales finales de los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, este se resolverá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición. De persistir el empate, se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De
seguir persistiendo el empate, este se resolverá por sorteo, realizado ante el Tribunal en presencia de todas las personas que hayan superado la fase de oposición que así lo deseen.
Novena. Finalización del proceso selectivo. Nombramiento y toma de posesión.—
Finalizados los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación de personas aspirantes aprobadas (entendiendo por tales las que haya superado todos los ejercicios de la fase de oposición) por orden de puntuación final (suma de fase oposición y
concurso), en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento; simultáneamente, se elevará dicha relación a la Alcaldía para que resuelva el nombramiento de la persona que consiguiera la mayor puntuación. Esta resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en el tablón de anuncios de la Sede
electrónica ( https://navasdelrey.sedelectronica.es ).
En todo caso, el Tribunal no podrá proponer el nombramiento y acceso a la condición
de personal funcionario de carrera de un número de personas aspirantes aprobadas superior
al de plazas convocadas.
No obstante, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, en la propuesta también figurará una relación
complementaria, por orden descendente de la puntuación conseguida, de aquellas personas
aspirantes que, aunque no hayan sido propuestas para el nombramiento, hubieran superado
todos los ejercicios y pruebas obligatorias de la fase de oposición.
A esta relación/listado se acudirá, según orden resultante de la puntuación conseguida
en el proceso selectivo, para los supuestos de imposibilidad del nombramiento y/o toma de
posesión/incorporación del aspirante inicialmente seleccionado/a para la cobertura de la vacante convocada (bien sea por renuncio o bien por incumplimiento de los plazos, requisitos
y/o requerimientos documentales previstos al efecto).
En el plazo de (20) días naturales contados desde el siguiente a aquel en el que se publique l a relación de aprobados/as, la persona propuesta para su selección y nombramiento deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las administraciones públicas, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Declaración responsable de no estar separada/o mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial,
cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de funcionarios/as del que la persona hubiera sido separada o inhabilitada.
b) Certificado médico oficial firmado por un colegiado en ejercicio en el que conste
expresamente que se posee la capacidad funcional (capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones y tareas de la plaza
a la que se accede.
c) Declaración responsable de no hallarse incurso/a en causa alguna de incapacidad o
incompatibilidad de conformidad con la legislación vigente y referida al punto de
su toma de posesión.
d) Número de afiliación a la Seguridad Social.
e) Acreditación documental de la cuenta bancaria en la que se harán sus ingresos nominales.
Si en el plazo y forma antes indicados (excepto en los casos de fuerza mayor debidamente motivados, que serán objeto de apreciación y estimación discrecional y potestativa
por parte de la Alcaldía) la persona propuesta para su selección y nombramiento no presentara la documentación requerida, o de la misma se dedujera que no reúne los requisitos exi-

BOCM-20240124-85

BOCM