B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240124-18)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convoca el XXV Curso selectivo de ascenso a la categoría de Subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid
3 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

Pág. 73

— Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, u órgano competente
del mismo, en la que se relacionen los aspirantes que han sido nombrados como
funcionarios en prácticas y que deban realizar el correspondiente curso selectivo.
Tercero
1. Las solicitudes se presentarán por los Ayuntamientos interesados que cuenten con
aspirantes que hayan superado la correspondiente fase previa de oposición, y que deberán,
por consiguiente, incorporarse como alumnos en los cursos convocados. Cada Ayuntamiento realizará la solicitud de inscripción de los aspirantes, y aportará la documentación
relacionada en el apartado segundo de esta convocatoria, cumplimentando los modelos disponibles en la ficha de este procedimiento en el Registro Electrónico.
2. Al ser los ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015,
obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de
Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del
enlace https://sede.comunidad.madrid/guia-administracion-electronica#notificaciones
3. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello
en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid.
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
5. El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación acreditativa
del apartado segundo comenzará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, y finalizará el 29 de enero de 2024, ambas fechas inclusive.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Así mismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren
en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
8. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo
que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la
autorización expresa del interesado.
9. Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
10. En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo será
tenida en cuenta la última presentada.
11. En el punto de acceso general de administración electrónica del portal de la Comunidad de Madrid (https://sede.comunidad.madrid/), se puede realizar la aportación de
documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo las instrucciones en el proceso de registrar la solicitud. Se pueden comprobar los
documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación
electrónica”, “Consultar”, “Situación de tus expedientes”.
12. El solicitante deberá asegurarse de que adjunta el archivo Excel original que se
proporciona, cumplimentado con los datos requeridos de cada alumno, y de que este es anexado correctamente.
13. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano com-

BOCM-20240124-18

Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma