Garganta de los Montes (BOCM-20240123-80)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024
Pág. 393
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
GARGANTA DE LOS MONTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación
inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 29 de noviembre de 2023, sobre transferencias de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto área de gasto, como sigue a continuación:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
DESCRIPCIÓN
MODIFICACIÓN
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes y servicios
32.904,57
CAPÍTULO 3: Gastos financieros
1.000,00
CAPÍTULO 6: Inversiones reales
23.395,43
TOTAL ALTAS
57.300,00
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
BAJAS O ANULACIONES EN CONCEPTO DE GASTOS
DESCRIPCIÓN
MODIFICACIÓN
CAPÍTULO 1: Gastos corrientes y servicios
19.000,00
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes y servicios
22.300,00
CAPÍTULO 3: Gastos financieros
3.100,00
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes
2.000,00
CAPÍTULO 6: Inversiones reales
10.900,00
TOTAL
57.300,00
BOCM-20240123-80
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Garganta de los Montes, a 11 de enero de 2024.—El alcalde, Rafael Pastor Martín.
(03/654/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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80
GARGANTA DE LOS MONTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación
inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 29 de noviembre de 2023, sobre transferencias de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto área de gasto, como sigue a continuación:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
DESCRIPCIÓN
MODIFICACIÓN
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes y servicios
32.904,57
CAPÍTULO 3: Gastos financieros
1.000,00
CAPÍTULO 6: Inversiones reales
23.395,43
TOTAL ALTAS
57.300,00
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
BAJAS O ANULACIONES EN CONCEPTO DE GASTOS
DESCRIPCIÓN
MODIFICACIÓN
CAPÍTULO 1: Gastos corrientes y servicios
19.000,00
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes y servicios
22.300,00
CAPÍTULO 3: Gastos financieros
3.100,00
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes
2.000,00
CAPÍTULO 6: Inversiones reales
10.900,00
TOTAL
57.300,00
BOCM-20240123-80
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Garganta de los Montes, a 11 de enero de 2024.—El alcalde, Rafael Pastor Martín.
(03/654/24)
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