C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240123-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 3 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2024 del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza Pública Viaria (capital), suscrito por la comisión mixta paritaria (código número 28002595011982)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024

Pág. 71

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO DE LIMPIEZA PÚBLICA VIARIA
E LA CIUDAD DE MADRID PARA LA FIRMA DE TABLAS SALARIALES 2024
Siendo las 10:30 horas del día 19 de diciembre de 2023, en la sede de ASELIP, sita en la C/Diego
de León 56, 1ºH, de la ciudad de Madrid, convocados en tiempo y forma se reúnen los miembros
de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Limpieza Publica Viaria de la Ciudad de Madrid que
al margen se relaciona:
Parte Empresarial:
Por ASELIP
Mariano Sancho Herrero
Julio Torres Guerrero
José Antonio Gallardo Cubero
Nazaret Castro Gomez
Jesús Mª García Antón
Marta Garcia Denche
Asesores:
Enrique Cuesta García
Luis Villegas Santos
Valentín Morales Sánchez

Manuel Muñoz Ramírez.
Mariano Martínez Pérez.
Por CC. OO:
Manuel Menéndez Sánchez
Por CGT:
José Gabriel de Ana Soto
La convocatoria se realiza conforme al siguiente ORDEN DEL DÍA:
1º)
2º)

Tablas salariales del año 2024.
Jornada anual 2024.

Iniciada la sesión, las partes EXPONEN Y ACUERDAN:
PRIMERO. - TABLA SALARIAL DEFINITIVA 2024.

Parte Social:
Por UGT
Ismael García Jordán.
Susana Visconti Herrero.

Por ambos partes se acuerda dar cumplimiento al Convenio
Colectivo de aplicación, adjuntando a tal efecto como Anexo las
tablas definitivas del año 2024, tanto para el personal de jornada
completa como de sábados, domingos y festivos y que serán de
aplicación por tanto desde el 1 de enero de 2024

Del personal de sábados, domingos y festivos no incluye la antigüedad, devengándose en su caso,
213,5612 días con la siguiente distribución:
-

En la paga de vacaciones: 15 días

-

En cada paga extra de verano - navidad: 15 días

-

En la paga de beneficios: 15 días

Resultando por diferencia para cada día efectivo de trabajo 1,4487
Se habilita a D. Mariano Sancho Herrero, para proceder a registrar, depositar y publicar las tablas
referidas.
SEGUNDO. - JORNADA ANUAL DE 2024
2.1.- Del personal a tiempo completo
226,3333 días efectivos de trabajo x 7 horas diarias = 1584,3331 horas/año.
2.2.- Del personal de sábados, domingos y festivos (SDF)
106 días x 7 horas diarias = 742 horas/año.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 11.30 horas, firmando en
prueba de conformidad todos los asistentes.

ASELIP

U.G.T.

CC.OO.

C.G.T.

BOCM-20240123-18

Ambas partes muestran su conformidad con todo lo contenido en el presente apartado.