Villarejo de Salvanés (BOCM-20240122-78)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 18

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

VILLAREJO DE SALVANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20240122-78

Por resolución de Alcaldía de 12 de diciembre de 2023, se ha procedido a la delegación de competencias en las áreas de actividad municipal siguiente:
Primero.—Incluir dentro de la delegación de la actividad de gestión de los asuntos, la
delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación efectuada, excepto la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, delegando por tanto la firma en los siguientes supuestos:
a) Elena Martínez-Treceño Ayuso:
a. Firma de las resoluciones de incoación de expedientes disciplinarios.
b) Mónica García Iglesias:
a. Firma de las resoluciones de incoación de los expedientes administrativos
sancionadores interpuestos por la policía local, bien de oficio o a instancia de
parte, así como las que sean remitidas por otros cuerpos al ayuntamiento en
materia policial, excluyendo las infracciones urbanísticas y las relativas a medio ambiente.
c) Susana Pérez Castaño:
a. Firma de las resoluciones de incoación de los expedientes administrativos
sancionadores del área de medio ambiente, bien de oficio o a instancia de parte, así como las que sean remitidas por otros cuerpos al ayuntamiento en materia de medio ambiente, excluyendo las infracciones urbanísticas.
Segundo.—Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad quincenal y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión
realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo
de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero.—Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se
considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
Cuarto.—Comunicar la presente resolución al concejal-delegado.
Quinto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que este celebre,
del contenido de la delegación.
Séptimo.—Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución,
las reglas que para la delegación de competencias del alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Villarejo de Salvanés, a 10 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/501/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791