Alcorcón (BOCM-20240122-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 18

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

Estos complementos específicos se verán incrementados en un 0,5% tras acuerdo de la
JGL de fecha 14 de noviembre de 2023.
2. Normativa.
En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración
Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
12/10/2019), modificadas por Acuerdo de JGL de fecha 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID 3/2/2022), y demás normativa de aplicación.
3. Derechos de examen.
Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público
de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).
La tasa corresponde a la Tarifa “Plazas del grupo E y asimilados”.
En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la Convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
4. Requisitos de los/as aspirantes.
Deberán cumplirse los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1. de las
Bases Generales del Ayuntamiento de Alcorcón.
No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, según lo previsto en la disposición adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Aquellos aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los requisitos señalados, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Los requisitos de los/as aspirantes establecidos en las presentes Bases, deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta
el momento de la toma de posesión.
5. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del
día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Para ser admitidos, los/as aspirantes deberán presentar:
a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal.
b) Fotocopia del DNI.
c) Anexo IV. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones del puesto.
d) Anexo V. Declaración responsable de no haber sido separado del servicio ni hallarse inhabilitado.
e) Para las personas que opten por el cupo de discapacidad deberán presentar además
documentación que acredite dicha circunstancia, indicando la necesidad o no de
adaptación del examen.
f) Justificante del pago de los derechos de examen. En el caso de exención del pago,
deberá aportarse el Anexo VI. Declaración responsable y el/los certificado/s correspondiente/s.
Los méritos que los/as aspirantes deseen hacer valer en el concurso deberán detallarse
en el Anexo III y serán justificados mediante la aportación de los documentos indicados a
continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Segu-

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