Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240122-51)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 18

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

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El promotor suscribe, con fecha 18 de mayo de 2023, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 20 de abril de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta
Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor. Se recibió respuesta del promotor, que ha sido analizada y parcialmente incorporada a la presente resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en concreto, de
utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas

Primero.—Otorgar a Collarada Solar, S. L. U., autorización administrativa previa de
las modificaciones del proyecto de parque fotovoltaico Collarada Solar, de 50,24 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la provincia de Madrid, en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.—Otorgar a Collarada Solar, S. L. U., autorización administrativa de construcción para el parque fotovoltaico Collarada Solar, de 50,24 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la provincia de Madrid con las características definidas en el “Proyecto Técnico-Administrativo de
la Instalación Fotovoltaica-PTA Collarada Solar con punto de conexión en anchuelo 400 REE
con potencia instalada de 50,24 MWn e infraestructura de evacuación en 30 kV (TT.MM.
Santorcaz y Anchuelo-Madrid)”, fechado el 12 de abril de 2023; y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 50,24 MW.
— Número y tipo de módulos: 78.000 módulos, del fabricante Canadian Solar, modelo TOPBiHiKu7 CS7N-680TB-AG, de 680 W de potencia.
— Potencia pico de módulos: 53,04 MW.
— Número y tipo de inversores: 157 inversores del fabricante Sungrow, modelo
SG350HX, con una potencia unitaria de 320 kVA.
— Potencia total de los inversores: 50,24 MW.
— Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S. A. U.: 165,3 MW.
— Tipo de soporte: seguidor a un eje.
— Centros de transformación: 12, con una potencia de 51,84 MWAC.
— Término municipal afectado: Santorcaz, en la provincia de Madrid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
— Las líneas subterráneas a 30 kV tienen como origen los centros de transformación de
la planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Valdepozuelo 30/220 kV.
d Capacidad y/o sección: variables.

BOCM-20240122-51

RESUELVE