D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240122-44)
Convenio –  Convenio de 7 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Robregordo, para el desarrollo del Proyecto “Salud activa Robregordo con punto activo” en el marco de la VIII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 18

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

Pág. 161

Con respecto al desarrollo del Punto Activo como recurso normalizado de actividad física y ejercicio físico, este dará acogida tanto a usuarios que se apunten por iniciativa propia como las personas derivadas desde los centros de salud.
En cada grupo participará un grupo de entre 10-25 personas, siendo esta cifra orientativa, en aras de facilitar los procesos individualizados de formación y evaluación contemplados en el mismo.
De esta forma, se fomenta la práctica regular del ejercicio físico y el desarrollo de un
estilo de vida más activo y saludable en la población destinataria del proyecto, así como en
las incorporaciones de nuevos pobladores y de vecinos que no se hayan acercado al proyecto por desconocimiento o porque crean que esto no es para ellos.
El proyecto incluirá el siguiente programa de actividades incluyendo tanto actividades
semanales como trimestrales:
— Sesiones de Gimnasia suave para mayores: 1 clase de gimnasia suave semanal.
— Sesiones de Yoga (mayores o adultos): se realizarán 2 clases de yoga semanales.
— Rutas para el recuerdo: una por trimestre.
— Talleres complementarios: “Yogaterapia y sonido”, Taller “Envejecimiento activo: Psicomotricidad en el medio natural”, Taller Vivencial “Envejecimiento activo: Memoria en el medio natural”.
— Talleres de continuidad: sobre el tema de la alimentación saludable, con una frecuencia de 1 por trimestre.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 10.841,84 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95,00 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 11.412,46 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste
de las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del
ajuste que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la
aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

BOCM-20240122-44

Obligaciones de la Comunidad de Madrid