D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240122-40)
Convenio –  Convenio de 4 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Cercedilla, para el desarrollo del Proyecto “La bici responsable” en el marco de la VIII edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 18

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

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no sin dejar de disfrutar de esta afición, así como motivar su disfrute a nuevos usuarios que
no conocen los grandes beneficios de su práctica. Nuestra propuesta también está motivada por el creciente uso de la bicicleta como medio de transporte urbano saludable, siendo
nuestro municipio un lugar tan cercano a la ciudad de Madrid apoyado por una red de transportes que lo facilita.
En cuanto al medio en el que se va a practicar, el objetivo fundamental del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, es “Proteger la integridad de sus valores naturales y paisajes característicos” y también “Ordenar, de forma compatible con su conservación, su uso
y disfrute público para toda la sociedad”. Por ello son necesarias normas de visita que permitan ese disfrute sin poner en peligro la conservación de sus valores naturales y culturales. De
la actitud y el comportamiento de los visitantes depende, en gran medida, su conservación.
El programa estará destinado a los centros escolares del municipio, así como a la AFA
de dichos centros; por un lado, fomentaremos el hábito deportivo saludable y responsable
entre los alumnos, y por otro ellos mismos harán de preceptores de este hábito entre sus familias, ya que las sesiones se repartirán entre ambos colectivos.
Contaremos con la colaboración del Ayuntamiento de Cercedilla; asimismo realizaremos un trabajo colaborativo entre los servicios municipales de deporte en la persona de los
técnicos.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.790,37 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.211,52 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.

— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.

BOCM-20240122-40

La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el periodo previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.