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Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y A Vida 013, S. L. U., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 18

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

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C. Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas académicas externas concertadas.
D. Facilitar al profesor-tutor de la Escuela Superior de Diseño el acceso a los centros
de prácticas para el cumplimiento de los fines propios de su función.
E. Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el profesor-tutor
del centro educativo, si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.
F. Facilitar al alumno la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades académicas obligatorias.
Quinta
A. Para la realización de las prácticas externas de las enseñanzas de nivel de grado
será requisito indispensable que el alumno se encuentre matriculado en dicha asignatura en el curso académico durante el cual se vayan a llevar a cabo.
B. Durante las prácticas externas, los alumnos dispondrán de la cobertura que les garantiza el seguro escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.
En caso de que el alumno tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la
suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el
centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
C. Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en régimen
de prácticas externas.
D. Las prácticas se desarrollarán durante el periodo lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
E. El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como alumno de la Escuela Superior de Diseño. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de A Vida 013, S. L. U. En caso de ausencia, el alumno estará obligado a
comunicarlo al tutor del centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia.
F. Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán
carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo
con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una
contratación en régimen laboral por parte de A Vida 013, S. L. U., se considerará
que el alumno abandona las prácticas, debiendo la misma comunicar este hecho al
director del centro educativo.
G. En el supuesto en que el estudiante se incorpore a la plantilla de A Vida 013, S. L. U.
tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio, el tiempo de
realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en contra en el
convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella, ni eximirá al
estudiante de la superación del período de prueba.
H. A Vida 013, S. L. U. podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas o
no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las
normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa comunicación a
la Escuela Superior de Diseño especificando las causas concretas de la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.
I. Con anterioridad al inicio efectivo del periodo de prácticas, la dirección de la Escuela
Superior de Diseño, el responsable de las prácticas designado por A Vida 013, S. L. U.
y el alumno que realizará las prácticas firmarán el Anexo a este convenio. Se firmará
un anexo por cada alumno que realice prácticas.
J. La evaluación y calificación de la asignatura de Prácticas externas se realizará por
el profesor-tutor designado por la Escuela Superior de Diseño, teniendo en cuenta el informe del tutor de prácticas de A Vida 013, S. L. U.

BOCM-20240122-24

Régimen de los alumnos en prácticas