Torrejón de Ardoz (BOCM-20240111-33)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ENERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 2 de enero de 2024 (punto 8.o del
orden del día), por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para concesión de
prestaciones y ayudas sociales en especie reguladas por las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas y prestaciones sociales de carácter económico del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de 18 de diciembre de 2023, a través de la Concejalía de
Bienestar, para el año 2024 (código convocatoria: 2023/2023/3/640800/020).
BDNS (Identif.): 737571
Primero. Beneficiarios.—Personas físicas por sí solas o unidades familiares que,
cumpliendo los requisitos exigidos en el artículo 3 de las bases reguladora de 18/12/2023, atraviesan una situación de necesidad social que no pueda ser atendida por otros recursos normalizados de protección social.
Se entiende por unidad familiar:
— Aquella integrada por una persona que viva sola, o aquellas que, conviviendo con
otras, no formen parte de la unidad familiar de las personas con las que conviven,
formando el denominado “hogar unipersonal”.
— Aquella integrada por dos o más personas que convivan, unidas entre sí, por relación
conyugal y/o análoga, adoptiva o de parentesco por consanguinidad y/o afinidad
hasta el primer grado en línea directa ascendente y/o descendente, computándose los
grados a partir del beneficiario directo de la ayuda.
No podrán obtener las condiciones de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las personas en las que concurran alguna de las circunstancias establecidas
en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por el carácter social de este tipo de ayudas, los beneficiarios quedan eximidos de
cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.
Segundo. Finalidad.—Estas ayudas tienen por objeto paliar situaciones de especial
necesidad y/o emergencia social en el marco de la intervención social. Ayudas destinadas
a paliar o resolver, por si mismas, o complementariamente con otros recursos, situaciones
de emergencia social, a prevenir situaciones de exclusión social y a favorecer la plena integración social de sectores de la población que carezcan de recursos económicos suficientes
propios para la atención de sus necesidades básicas.
Tercero. Bases reguladoras.—Se regirán por lo establecido en las bases reguladoras
del procedimiento de concesión de prestaciones y ayudas sociales de carácter económico
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través de la concejalía de bienestar. Aprobada
por Junta de Gobierno Local el 18 de diciembre de 2023, publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 1, de 2 de enero de 2024, que pueden consultarse: www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/01/02/BOCM-20240102-64.PDF
y en la página web del ayuntamiento de Torrejón de Ardoz:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones.
Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, y otras medidas
de reforma administrativa, artículo 30 que modifica la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz vigente. Real

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— https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/CERTIFICADO%20JGL%201812-2023%20NORMA%20PRESTACIONES%202024.pdf