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Estatutos federación deportiva –  Orden 2419/2023, de 28 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de la Federación Aérea Madrileña, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ENERO DE 2024

Pág. 305

Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones
Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Aérea Madrileña conforme queda redactado en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción
en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Aérea Madrileña en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de diciembre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo Y Deporte,
P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto
Tomé González.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN
AÉREA MADRILEÑA
Las cuatro modalidades deportivas que tiene establecida la Federación son:
— Aviación deportiva que engloba las especialidades: Ultraligeros, Vuelo acrobático, Vuelo a vela, Vuelo con motor, Aeroestación.
— Aeromodelismo.
— Aeronaves asimiladas que engloba las especialidades: Ala delta, Parapente y Paramotor.
(03/21.993/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Artículo 3