D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240110-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Navalafuente, para articular la atención a personas mayores en el Centro Municipal de Día de Navalafuente
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 8

6.2. El personal para atender este servicio debe ser tal que asegure la ratio mínima
de 0,09 de los profesionales de atención directa: enfermera/o, gerocultores, fisioterapeuta,
terapeuta ocupacional y trabajador/a social.
6.3. El seguimiento se realizará de manera que se garantice la atención a los usuarios
en los horarios y días de lunes a viernes no festivos tal y como se presta el servicio original, en función de la intensidad del servicio que venía recibiendo cada usuario.
6.4. El centro deberá acreditar las actividades realizadas por medio del trabajo a distancia mediante la siguiente documentación acreditativa, sin perjuicio de la facultad de la
Administración de solicitar cualquier otra para la comprobación del servicio prestado:
1. El plan individualizado de teletrabajo de cada uno de los usuarios a atender donde se refleje la atención necesaria, con expresa mención de las tareas a desarrollar
por los profesionales de atención directa y los medios utilizados.
2. La relación nominativa diaria de los usuarios a los que se ha prestado la atención telemática, profesionales que han intervenido y tiempo dedicado por cada uno de ellos.
3. Registro diario de las atenciones prestadas y las actividades realizadas con los
usuarios y/o sus familias y las incidencias acaecidas en su caso.
D) Protocolos, registros y planes de actuación
Protocolos conforme al modelo de Atención Centrada en la Persona

El centro deberá utilizar protocolos y registros normalizados en la realización de las
actividades y prestación de los servicios contemplados en el anexo I y deberá garantizar la
formación oportuna de los trabajadores en los protocolos y registros, que les afecten por su
categoría profesional. Estos protocolos deberán orientarse, de acuerdo a las posibilidades
del centro, a un “Modelo de Atención Centrada en la Persona”. Los registros consistirán en
libros o programas informáticos que garanticen la no modificación posterior a la anotación.
Como mínimo se deberá disponer y utilizar los siguientes protocolos y registros:
1.1. Protocolos:
1. Acogida, información y orientación para el ingreso a usuarios y familiares (Esta
información será facilitada al usuario y a los familiares autorizados a través de medios electrónicos o soporte digital.)
2. Alimentación e hidratación.
3. Higiene y cuidado personal.
4. Eliminación e incontinencia.
5. Preparación y administración de medicación.
6. Prevención y detección de UPP.
7. Prevención de las caídas. Se contemplará de forma específica el registro y seguimiento de usuarios con alto riesgo de caídas.
8. Gestión y control de medidas de sujeción.
9. Cuidados de usuarios con sonda vesical.
10. Cuidados de usuarios con sonda nasogástrica.
11. Actuación con personas con trastornos conductuales.
12. Actuaciones a seguir ante la aparición de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos.
13. Traslado a servicios de urgencias.
14. Detección y actuación ante situaciones de maltrato.
15. Desaparición de usuarios.
16. Manejo de residuos sanitarios.
17. De prevención detección y atención a situaciones de soledad no deseada.
18. De acogida, atención, no discriminación y prevención de la violencia por motivos de identidad o expresión de género o por razón de orientación e identidad sexual.
1.2. Registros:
1. Registro de hidratación (donde deberá quedar reflejado de manera cuantitativa, la
cantidad de líquido ingerido y el tipo de líquido).
2. Registro de alimentación oral (se debe reflejar qué tal come, si presenta episodios
de atragantamiento y cualquier otro aspecto de interés para una alimentación adecuada; así
como la cantidad administrada, la hora de administración, etc., en caso de alimentación por
sonda).
3. Registro de higiene personal (aseo, afeitado, cuidado de la boca, etc.).
4. Registro de cambios de pañal y eliminación.

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