D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240110-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Campo Real, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día municipal de personas mayores Campo Real
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B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024

En los menús, se elaborarán unas fichas en los que se recojan los ingredientes, con
gramaje, de los distintos platos que componen la dieta, así como el valor calórico
y la cantidad de nutrientes que aporta.
3.o Junto con los menús ordinarios deberán prepararse otros de régimen para los usuarios que lo precisen, que serán también supervisados y suscritos por un dietistanutricionista, tales como hiposódicos, hipocalóricos, etc. La dieta triturada debe
garantizar el aporte calórico y nutricional adecuado.
Todas las dietas deben ofrecer primer plato, segundo plato y postre.
Igualmente, incluirán comidas especiales en fechas socialmente señaladas.
4.o Los alimentos, bebidas y platos cocinados llegarán a temperatura adecuada a sus
destinatarios poniendo el centro los medios necesarios para ello.
5.o Los menús, tanto ordinarios como de régimen, así como su aporte calórico y macronutrientes, serán de conocimiento público de los usuarios y deberán exponerse, en tamaño adecuado para facilitar la lectura por los usuarios, al menos con una
antelación de 24 horas, con la debida relevancia en los lugares habituales utilizados para la inserción de avisos o comunicados y en el acceso al comedor. Por otra
parte, las familias, que cuenten con autorización del usuario, recibirán a primero
de cada mes la correspondiente planificación mensual del menú.
6.o Se deberá prestar la ayuda personal necesaria a los usuarios que no puedan comer
por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos precisos que faciliten la
autonomía de la persona (platos, tenedores adaptados…).
7.o El centro deberá aportar la ropa de mesa inherente a la prestación del servicio (manteles, servilletas, baberos, etc.). El cambio de esta ropa se efectuará siempre que lo
requieran las circunstancias y, en todo caso, semanalmente. Asimismo renovará este
tipo de ropa con la frecuencia necesaria para que se mantenga en condiciones de uso
adecuadas, de manera que no presente roturas, remiendos o desgaste excesivo.
8.o Con el fin de promover la participación y el fomento entre los usuarios, de buenos
hábitos nutricionales, se fomentará por parte del centro la constitución de una “comisión de menús”, integrada por los responsables de la elaboración de los menús
(cocinero, nutricionista, etc.) y un máximo de 3 integrantes elegidos entre los
usuarios y/o familiares de éstos. En caso de que hubiera más de tres personas interesadas en participar en ella serán elegidas por orden de antigüedad en el centro.
Esta comisión se reunirá, al menos, una vez al mes para garantizar la participación
de los usuarios en el diseño de los menús, aportando sugerencias y propuestas de
mejora o trasladando la opinión de los usuarios.
En todo caso, la responsabilidad última en la elaboración del menú será de la dirección del centro conforme a los criterios establecidos en los apartados anteriores, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, las aportaciones de la Comisión.
9.o Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los alimentos, así como
la recogida sistemática de muestras, como ordena la legislación vigente.
b) Estancia diurna:
La estancia diurna comprende la utilización por el usuario del comedor, salas de convivencia y demás espacios comunes.
Se deberá garantizar la correcta limpieza y mantenimientos de todas las estancias,
equipamiento e instalaciones del centro.
2. Apoyo y cuidado personal del usuario desde los principios de seguridad, flexibilidad y accesibilidad:
a) Apoyo y cuidado personal:
Manteniendo siempre la calidad técnica en el desarrollo de las funciones del servicio,
deberán proporcionarse los cuidados potenciando la autonomía de los usuarios en el día a
día, facilitando que las personas tengan control sobre sus asuntos cotidianos.
A los usuarios se les prestará apoyo en el grado necesario, en cada caso, para el mantenimiento de su aseo personal y demás actividades de la vida diaria que precise de acuerdo al
diseño de intervención social elaborado que será confeccionado en el momento del ingreso
por el equipo técnico del centro de día.
El personal utilizará guantes desechables de un solo uso para realizar el aseo personal
de los usuarios.
Deberá garantizarse el aseo bucodental diario de todos los usuarios.
Los útiles de aseo de uso personal (peine, cepillo de dientes, afeitadora o maquinilla
de afeitar y otros similares) serán a cargo del usuario. Se adoptarán las medidas oportunas

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BOCM-20240110-39

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