D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240109-43)
Convenio –  Convenio de 7 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, para el desarrollo del Proyecto “Salud activa Morata con punto activo mayores activos” en el marco de la VIII edición del programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 7

Constituir una Unidad Activa de Ejercicio Físico (UAEF) y su integración en el catálogo de prescripción.
Desarrollar como herramienta de intervención específica del proyecto “Mayores Activos” como recurso normalizado de actividad física y ejercicio físico.
La ejecución del mismo se plantea en el período comprendido entre el 2 de octubre de 2023
y el 20 de junio de 2024.
Se realizarán talleres de iniciación a la actividad física, participando en actividades ya
programadas a modo de prueba para que en un futuro puedan incorporarse a la que mejor
se adapte a sus circunstancias.
También se harán rutas saludables (la cantidad de las mismas irá en función de la demanda y basándonos en la opinión del técnico encargado de elaborar el plan con cada usuario) por la zona del bosque y otros parques enseñando a utilizar los aparatos biosaludables
allí instalados, así como el aprovechamiento de la propia naturaleza para la realización de
ejercicios físicos recomendados de forma individualizada por el técnico correspondiente.
Mayores activos es un programa que promueve la mejora física, cognitiva y socioafectiva en una población muy sensible y necesitada de este tipo de actividad.
Se trata de concienciar a la población de los beneficios de la actividad física para la
mejora de su salud en general.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 15.000,00 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 94,26 por 100 del total
del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 15.914,22 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2024. El coste de
las actividades de 2023 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2024, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo del Proyecto.
Tercera
Obligaciones del Ayuntamiento
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a:
— Ejecutar el Proyecto en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2023 y junio de 2024, y conforme a la planificación y temporalización presentada.

BOCM-20240109-43

Obligaciones de la Comunidad de Madrid