D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240109-34)
Convenio –  Convenio de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Dual, para la realización del programa de valoración psiquiátrica e intervención psicoterapéutica para menores y jóvenes migrantes no acompañados
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 7

partir de 2011 comenzó a diversificar sus actuaciones para atender las necesidades de otros
colectivos en situación de vulnerabilidad. En 2020, como se ha indicado antes, puso en marcha el programa de valoración psiquiátrica y seguimiento psicoterapéutico para menores
migrantes no acompañados dependientes del sistema de protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid.
Noveno
Que el ámbito de colaboración entre las partes firmantes de este convenio, se atendrá
a lo previsto en la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de garantías de los derechos de la infancia
y la adolescencia de la Comunidad de Madrid y en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
A la vista de cuanto antecede la Comunidad de Madrid y la Asociación Dual reconocen la existencia de objetivos e intereses comunes, por lo que en virtud de las atribuciones
conferidas, acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
1. El presente convenio tiene por objeto regular el contenido y las condiciones de desarrollo para la realización del programa de valoración psiquiátrica e intervención psicoterapéutica, dirigido a la atención e intervención con menores y jóvenes migrantes no acompañados integrados en recursos de acogimiento residencial de la red de protección a la
infancia de la Comunidad de Madrid, jóvenes migrantes ex-tutelados/as por los servicios de
protección a la infancia de la Comunidad de Madrid, y profesionales de la red de protección
a la infancia de la Comunidad de Madrid.
2. En concreto y en desarrollo de dicho objeto, el programa atiende las siguientes tareas:
— Valoración en casos de sospecha de trastorno mental y/o de afectación psicológica.
— Evidencia de trastorno por uso de sustancias.
— Atención y seguimiento psicológico y/o psiquiátrico, incluyendo la prescripción y
las revisiones sucesivas de pautas psicofarmacológicas, en su caso.
— Orientación y asesoramiento a Equipos Técnicos, sobre aspectos relacionados con
la salud mental, las adicciones e intervenciones con los menores y jóvenes extranjeros no acompañados afectados.
— Atención en situaciones críticas sobrevenidas.
3. El desarrollo del programa tiene como objetivos principales:
— Detectar y tratar de forma individualizada situaciones que comprometen la salud
en general y en particular la salud mental, así como el bienestar del/a menor o joven como, por ejemplo, la presencia de una psicopatología de base, el uso patológico de sustancias, dificultades en la gestión de emociones o problemas en el funcionamiento interpersonal, entre otros.
— Realizar intervenciones sostenidas en el tiempo, de carácter longitudinal y culturalmente adaptadas, con los/las menores y jóvenes que requieran de apoyo especializado ajeno al circuito de Salud Mental público.
— Facilitar la comunicación entre el/a menor o joven y el equipo profesional del recurso residencial.
— Realizar acciones formativas monográficas relacionadas con la intervención directa que incluyan la supervisión y el soporte a los/as profesionales de los recursos residenciales.
— Mantener coordinación y comunicación permanente para la evaluación y el seguimiento de casos, con los agentes implicados en la atención de menores y jóvenes
migrantes no acompañados, especialmente con la DGIFFN, los centros residenciales y los responsables de los mismos, así como con otros recursos.
— Establecer comunicación y, en su caso, realizar derivaciones a los recursos especializados que proceda (Unidades de Hospitalización Psiquiátrica, Centro de Tratamiento de las Adicciones, etc.) incluyendo situaciones que impliquen una gestión preferente por razones de necesidad inminente.
— Ofrecer acciones educativas y capacitadoras para la transición a la vida adulta de
menores cercanos/as a la mayoría de edad.

BOCM-20240109-34

Objeto del convenio