D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240109-20)
Convenio –  Convenio de 12 de diciembre de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

Pág. 93

— El Encargado, así como cualquier empleado o voluntario suyo, se compromete a
cumplir la política de seguridad de la información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid, establecida en la Orden 491/2013, de 27 de junio, y todas las políticas, normas y procedimientos que emanen del citado código, así
como las que se determinen en materia de seguridad para el tratamiento de datos
de carácter personal.
— No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable a ningún empleado o persona que no tenga la necesidad de conocerlos para
la prestación de los servicios.
— No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable, ya sea verbalmente o por escrito, por medios
electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa del Responsable.
— En caso de estar obligado a ello por el artículo 30 del RGPD y 31 de la LOPGDD,
el Encargado mantendrá un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable, que contenga la información exigida por el artículo 30.2 del RGPD.
— Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de
las personas autorizadas para tratar datos personales.
— Dar apoyo al Responsable en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda y en la realización de las consultas
previas a la Autoridad de Control, cuando proceda.
— Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías
o las inspecciones que realicen al Responsable u otro auditor autorizado por este.
— Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el artículo 32 del
RGPD, y del Esquema Nacional de Seguridad tal y como resulten de aplicación,
de modo que garanticen la seguridad de los datos personales responsabilidad del
Responsable y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados
y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
— En caso de estar obligado a ello por el artículo 37.1 del RGPD y por el artículo 34
de la LOPDGDD, designar un delegado de protección de datos y comunicar su
identidad y datos de contacto al Responsable, así como cumplir con todo lo dispuesto en los artículos 37 a 39 del RGPD y 35 a 37 de la LOPGDD.
— En caso de que el Encargado deba transferir o permitir acceso a datos personales
responsabilidad del Responsable a un tercero en virtud del Derecho de la Unión
Europea o de los estados miembros que le sea aplicable, informará al Responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que estuviese prohibido por razones de interés público.
— Respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como Encargado con
arreglo al RGPD y a la LOPDGDD, o de cualquier otra disposición o regulación
complementaria que le fuera igualmente aplicable.
Quinta
Obligaciones del responsable del mantenimiento
a) En caso de que el tratamiento incluya la recogida de datos personales en nombre y
por su cuenta establecerá los procedimientos correspondientes a la recogida de los
datos, especialmente en lo relativo al deber de información y, en su caso, la obtención del consentimiento de los afectados, garantizando que estas instrucciones
cumplen con todas las prescripciones legales y reglamentarias que exige la normativa vigente en materia de protección de datos.
b) En caso de que el tratamiento no incluya la recogida de datos personales en nombre y por cuenta del Responsable, los datos de carácter personal a los que accederá el Encargado en virtud de este convenio, han sido obtenidos y tratados cum-

BOCM-20240109-20

El Responsable manifiesta y hace constar, a los efectos legales oportunos, que: