D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240109-42)
Convenio –  Adenda de 12 de diciembre de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Berzosa de Lozoya, para articular la atención a personas mayores en la Residencia Municipal de Berzosa de Lozoya
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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ADENDA de 12 de diciembre de 2023, de prórroga del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Berzosa de Lozoya, para articular la
atención a personas mayores en la Residencia Municipal de Berzosa de Lozoya.
Madrid, a 12 de diciembre de 2023.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Antonio del Pozo González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berzosa del Lozoya, elegido, en sesión constitutiva de esa Corporación Municipal de fecha 17 de
junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y
de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de
Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022,
de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27
de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de prórroga.
EXPONEN
Que el 23 de diciembre de 2022, suscribieron convenio de colaboración para articular la atención a personas mayores en la Residencia Municipal de Berzosa de Lozoya para
el año 2023, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2024 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en la residencia municipal de
Berzosa de Lozoya.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.

Formalizar la presente Adenda de prórroga al convenio, con arreglo a la siguiente
CLÁUSULA
Única
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula undécima del convenio suscrito el 23
de diciembre de 2022 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia ex-

BOCM-20240109-42

ACUERDAN