D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240108-52)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Torres de la Alameda para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal “Nuestra Señora del Rosario” (Torres de la Alameda)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ENERO DE 2024

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contenido, de la forma de comunicación y de la acreditación de su recepción. La responsabilidad de transmitir información relevante a los familiares deberá estar claramente asignada en la descripción de las funciones de los puestos de trabajo.
Servicio de transporte adaptado
a) Objeto del servicio:
El centro prestará el servicio de transporte a los usuarios que tengan asignado este
servicio.
El servicio de transporte consiste en proporcionar a los usuarios el transporte desde su domicilio al centro y viceversa. El transporte incluirá la ayuda necesaria (incluso el empleo de ayudas técnicas o medios auxiliares), en su caso, para el traslado de los usuarios desde el lugar de recogida al vehículo y viceversa, y el apoyo
personal y control que sean necesarios para su adecuada atención y seguridad durante la prestación del servicio.
El lugar de recogida y entrega del usuario será la puerta de la calle que da acceso al
edificio, esto es, el portal, o en su defecto en el lugar accesible más cercano. En
casos excepcionales y previa autorización de la Dirección General de Atención al
Mayor y a la Dependencia se procederá a recoger al usuario en la puerta de la vivienda y no en el portal del edificio.
Los usuarios que, por decisión propia o familiar, no utilicen el servicio de transporte, y acudan al centro con sus propios medios, incluso sin acompañante, deberán firmar un documento donde se refleje tal situación y se exima de responsabilidad tanto al centro de día como a la Comunidad de Madrid ante cualquier
incidente acaecido en el trayecto de ida o vuelta a su domicilio.
b) Horario y rutas:
El número diario de usuarios a transportar será el que corresponda a la capacidad
del centro de día.
El servicio de transporte se prestará durante todo el año, de lunes a viernes, excepto festivos. El horario de prestación del servicio de transporte será entre las 8:00
y las 10:15 horas por la mañana y entre las 17:00 y 18:30 horas por la tarde.
La ruta o rutas que se establezcan para la prestación del servicio de transporte se
diseñarán de manera que los usuarios pasen el menor tiempo posible en las mismas y permitan su presencia en el centro de día al inicio de su actividad diaria y
hasta su finalización.
En caso de que no pudiera prestarse el servicio con normalidad por circunstancias
no imputables a la Consejería el centro deberá poner los medios necesarios para
que el mismo se efectúe con la mínima pérdida de tiempo o, si esto no fuera posible, correr con los gastos de transporte alternativo.
c) Medios a aportar por el centro:
El centro dispondrá de los siguientes medios para la prestación del servicio de
transporte:
1. Vehículos:
Aportará los vehículos necesarios para la prestación del servicio que deberán
estar convenientemente adaptados para su utilización por personas que precisen la utilización de sillas de ruedas (disponer de plataforma elevadora de acceso y sistema de anclaje), contar con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de
personas, haber superado las inspecciones técnicas pertinentes, contar con los
seguros reglamentarios, contratar una póliza de seguro de ocupantes para tantas plazas como usuarios a transportar y otro que cubra los riesgos de accidente por traslado de los usuarios desde su domicilio al vehículo y viceversa y
desde el centro al vehículo y viceversa.
Los vehículos destinados a la prestación de este servicio deberán tener unas
características tales que les permitan circular incluso por calles de reducidas
dimensiones. Deberán estar dotados de calefacción y aire acondicionado en
perfecto estado de funcionamiento.
Los vehículos deberán llevar hojas de reclamaciones a disposición de los
usuarios y sus familiares.

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