D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240108-61)
Convenio –  Adenda de 30 de noviembre de 2023, de modificación y prórroga para el período 1 de diciembre de 2023 a 30 de noviembre de 2024, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional y en centro de día
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 6

Tercero
Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, los precios
acordados, tanto para la plaza ocupada como para la plaza en ausencia, garantizan la atención especificada en el Anexo I y en el Anexo II del convenio, comprendiendo todos los
conceptos que se deban abonar por dicha plaza, incluidas las tasas e impuestos que procedan. En el supuesto de que el usuario no utilice el servicio de transporte, el precio se reduce en un 5 por 100.
Cuarto
Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio, en el supuesto de prórroga no se efectúa revisión de precios en cumplimiento de las condiciones estipuladas en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015,
de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
Quinto
Que, con fecha 24 de noviembre de 2021, se suscribió entre ambas partes adenda de
prórroga para el período 1 de diciembre de 2021 a 30 de noviembre de 2022, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional y en centro de día.
Sexto
Que, con fecha 20 de septiembre de 2022, se suscribió entre ambas partes adenda de
prórroga para el período 1 de diciembre de 2022 a 30 de noviembre de 2023, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional y en centro de día.
Séptimo
Que ambas Administraciones, al amparo de lo dispuesto en la cláusula octava del convenio, están de acuerdo en modificar la cláusula cuarta “Régimen económico y financiación” del referido instrumento jurídico dado que se considera necesario adecuar el precio
plaza ocupada/día tanto de Centro Ocupacional como de Centro de Día al precio que se viene aplicando en los contratos con otras entidades derivados de los respectivos Acuerdos
Marco reguladores de la atención en este tipo de recursos. Esta modificación implica que el
precio de la plaza ocupada/día de Centro Ocupacional quede fijado en 42,95 euros y el de
Centro de Día en 64,34 euros. Con esta modificación se procede a homogeneizar el coste
de la prestación de estos servicios sociales con los que regulan la atención prestada a través
de recursos de titularidad privada financiados con fondos públicos.
Por otro lado, en aplicación de la previsión contenida en la cláusula novena del convenio, ambas Administraciones estiman de interés público su prórroga para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024, ambos inclusive,
dado que es una obligación legal garantizar la asistencia a todos los usuarios de estos centros asistenciales en tanto que han sido adjudicatarios de una plaza pública de la Comunidad de Madrid y el artículo 5.1.i) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid dispone literalmente que:
i)

Acceder y cesar voluntariamente en la utilización de la prestación, en los términos legalmente establecidos, así como mantener su continuidad siempre
que persistan las condiciones que originaron su concesión”.

Octavo
Que, al amparo de las cláusulas octava y novena del convenio, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga del mismo, en el sentido recogido en
la disposición precedente, aprobada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en la
sesión celebrada el 29 de septiembre de 2023, con arreglo a las siguientes

BOCM-20240108-61

“1. Toda persona que acceda al Sistema Público de Servicios Sociales tiene derecho a: