C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240108-29)
Autorización implantación enseñanzas –  Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de las solicitudes de autorización para la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid en el curso 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 8 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 6

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones
para la tramitación de las solicitudes de autorización para la continuidad de la
enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de
Madrid en el curso 2024-2025.

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ha regulado la enseñanza bilingüe en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en los centros privados concertados del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid mediante la
Orden 763/2015, de 24 de marzo, modificada por la Orden 399/2017, de 14 de febrero, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados
concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid.
La Orden 763/2015, de 24 de marzo, en su artículo 12 establece el trámite que se debe
seguir para autorizar la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en los centros privados concertados que hayan finalizado la implantación de esta enseñanza en la etapa de Educación Primaria.
Conforme se establece en el artículo 13.3 de la Orden 763/2015, la Dirección General
competente en materia de enseñanza concertada está habilitada para concretar mediante
resolución los plazos, lugares y forma de presentación de la documentación requerida.
Por ello, a fin de precisar los plazos para la presentación y tramitación de las solicitudes y la documentación que deberán presentar los titulares de los centros privados concertados, y en virtud de la disposición adicional primera de la orden precitada, y de las
competencias establecidas en el artículo 13 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes,
INSTRUCCIONES
Primera
Objeto
Las presentes instrucciones tienen por objeto concretar el procedimiento y los plazos
para solicitar la autorización para la continuidad, a partir del curso 2024-2025, de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en aquellos centros privados concertados que hayan finalizado la implantación de esta enseñanza en la etapa de
Educación Primaria.
Segunda
Destinatarios

Tercera
Documentación, lugar y plazos de presentación de las solicitudes
1. Documentación:
Los titulares de los centros educativos interesados en continuar la enseñanza bilingüe
en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria deberán presentar la solicitud a través del
Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid según se indica en el apartado 2

BOCM-20240108-29

Son destinatarios de las presentes instrucciones los centros privados concertados bilingües que han finalizado la implantación de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación
Primaria y solicitan autorización para continuar esta enseñanza en Educación Secundaria
Obligatoria.