D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240106-2)
Convenio –  Convenio de colaboración de 11 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Agencia de Colocación Fundación Laboral de la Construcción, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 5

3.

b)
c)
d)

e)

Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos
de implementación de las actuaciones.
Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
Verificar la participación de la Agencia de Colocación en las labores previstas en
el presente convenio
Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses, del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión,
control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la agencia de colocación y al pago, ambas recogidas en la cláusula quinta del convenio.
Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.

Cuarta
Compromisos y obligaciones de contenido económico

Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones, se realizará mediante la presentación de una
Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período trimestral del convenio en ejecución, así como aquellas incidencias que afecten a las obligaciones
señaladas en los apartados k) y l) de la cláusula segunda del presente convenio.

BOCM-20240106-2

1. La Agencia de Colocación Fundación Laboral de la Construcción realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para
la consecución de los fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por
la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información
del procedimiento en su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la Agencia de Colocación Fundación Laboral de la Construcción para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 5.760,00 euros (para una previsión de 80 personas inscritas
y admitidas).
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia del
convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan,
como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
4. De acuerdo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, el convenio por
importe máximo de 5.760,00 euros se financiará íntegramente en 2024 con cargo a la partida 22802 del programa vigente 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación
Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado Plan.