Venturada (BOCM-20240105-72)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE ENERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Expediente n.o: 1927/2023.
Aprobado por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 20 de diciembre de 2023, el
calendario fiscal para el ejercicio 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 63
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en los artículos 14 y siguientes de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación de los Tributos y otros Ingresos de
Derecho Público Locales del Ayuntamiento de Venturada, se procede a la publicación conjunta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Sede Electrónica municipal
y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, por plazo de un mes, de los siguientes anuncios
correspondientes a tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en el ejercicio 2024:
— Calendario fiscal.
— Período de exposición pública de los padrones o matrículas, a efectos de notificación y recurso.
— Anuncios de cobranza de cada uno de los tributos.
Calendario de recaudación del ejercicio fiscal
Del 1 de julio al 30 de agosto.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IMVTM).
Del 1 de octubre al 2 de diciembre.
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales (IBI).
— Impuesto actividades económicas (IAE).
— Tasa entrada vehículos (VADOS).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación de los Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Locales del Ayuntamiento de
Venturada, los padrones o matrículas correspondientes a los tributos, impuesto sobre vehículos
de tracción mecánica, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, impuesto sobre
bienes inmuebles de naturaleza rústica, impuesto sobre actividades económicas, estarán expuestos al público por período de un mes a contar desde el día de inicio de los respectivos períodos
de cobro indicados, en las dependencias municipales del Servicio de Recaudación, plaza del
Ayuntamiento, número 2, local 8, en horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 13:30. La información relativa a los datos de los padrones o matrículas solo se facilitará al obligado tributario o su
representante, debidamente acreditado. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer ante la Alcaldía recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización
del período de exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Anuncio de cobranza
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en el artículo 17 de
la Ordenanza General de Gestión, Recaudación de los Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Locales del Ayuntamiento de Venturada, se pone en conocimiento de todos los

BOCM-20240105-72

Exposición pública de padrones