Leganés (BOCM-20240105-58)
Organización y funcionamiento. Diseño condecoraciones policía
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE ENERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LEGANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En la sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno, el día 14 de diciembre
de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
4. DISEÑO DE CONDECORACIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE LEGANÉS
A la vista del informe emitido por el Jefe de la U. A. de Alcaldía y Protocolo del siguiente tenor literal:
Hechos y antecedentes
Las condecoraciones, recompensas, honores y distinciones revisten una gran transcendencia en los aspectos moral y orgánico en los miembros de la Policía Local, que es el caso
que nos ocupa, al constituir tanto un estímulo permanente para la superación en el cumplimiento del deber y del servicio, junto con los sacrificios, riesgos y dedicación que supone,
como un factor importante al destacar a los miembros de la Policía en el ejercicio de sus
funciones que les corresponden.
El Pleno del Ayuntamiento de Leganés en sesión ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2018, adoptó el acuerdo de publicar el Reglamento de Acción Premial, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 8 de febrero de 2018.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, este Reglamento entró en vigor una vez publicado completamente su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2018, página 151 y siguientes, y transcurrido el plazo
previsto en el artículo 65.2 del mismo texto legal, se encuentra en vigor y consolidado.
La parte dispositiva de la citada norma regula en su título IV, las características y uso
de las Condecoraciones y Distinciones, en concreto el artículo 38 establece:
“La forma, diseño, características y demás detalles de cada uno de las Condecoraciones y distinciones, serán aprobadas por el Pleno, a propuesta del Departamento de Protocolo del Excmo. Ayuntamiento de Leganés”.

— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
— Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades
Locales, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
— Reglamento de Acción Premial del Cuerpo de la Policía Local.
Siendo intención prioritaria de la Delegación de Seguridad Ciudadana poner en marcha
el mencionado reglamento para poder realizar por primera vez la concesión de las debidas
distinciones y condecoraciones, es preciso efectuar la siguiente propuesta de acuerdo:
El Título I del mencionado Reglamento de Acción Premial dispone el tipo de condecoraciones y distinciones, estableciendo en su artículo 4:
— Medalla al Mérito del Cuerpo de Policía Local de Leganés.
— Medalla de Oro a la Constancia Profesional.
— Medalla de Plata a la Constancia Profesional.
— Felicitación Individual.
— Felicitación Colectiva.
Sobre la base de lo expuesto, y de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de acción Premial del cuerpo de la Policía Local de Leganés, y en atención al Título IV, de las características y uso de las Condecoraciones y Distinciones, se somete al Ayuntamiento Pleno:

BOCM-20240105-58

Legislación aplicable