C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240105-21)
Concesión subvenciones –  Orden 2350/2023, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas subvenciones concedidas mediante la Orden 1785/2023, de 18 de octubre, a los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 5 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 4

7. Revocar la subvención concedida de 12.300,00 euros al Ayuntamiento de Titulcia, por presentar indebidamente la documentación justificativa establecida en el punto e)
del apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.
8. Revocar la subvención concedida de 12.300,00 euros al Ayuntamiento de Villamantilla, por presentar indebidamente la documentación justificativa establecida en el punto a) del apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.
Segundo
Minoración del importe de las subvenciones concedidas
1. Minorar en 622,39 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Horcajo de
la Sierra-Aoslos, por justificar válidamente un importe de 12.947,00 euros de los 13.569,39
euros concedidos.
2. Minorar en 5.410,19 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Orusco
de Tajuña, por justificar válidamente un importe de 6.776,81 euros de los 12.187,00 euros
concedidos.
3. Minorar en 3.586,18 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Pozuelo
del Rey, por justificar válidamente un importe de 1.454,20 euros de los 5.040,38 euros concedidos.
4. Minorar en 146,71 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Valdemanco, por justificar válidamente un importe de 7.456,02 euros de los 7.602,73 euros concedidos.
5. Minorar en 682,63 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, por justificar válidamente un importe de 7.956,96 euros de los 8.639,59 euros
concedidos.
Disposición final única
Eficacia y medios de impugnación
El presente acto producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administra-

BOCM-20240105-21

tiva, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el
plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de diciembre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Alberto Tomé
González.
(03/21.511/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791