Parla (BOCM-20240104-82)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 3

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la resolución de la Junta de Gobierno Local de 15 de diciembre de 2023,
por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Parla para la participación en el desfile de Carnaval del año 2024.
BDNS (Identif.): 736024

BOCM-20240104-82

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b 20.8a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente
convocatoria, las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el
Registro Municipal de Asociaciones de Parla con anterioridad al 1 de enero de 2023.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y
condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento
de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la participación en el desfile de Carnaval que se celebrará el 10 de febrero de 2024 en Parla.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 10.000 euros
en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.02 “Proyectos Subvencionados de Interés Municipal”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al
presupuesto del año 2024 tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas junto
con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta quince días después contados desde el día siguiente
al de la publicación en boletín oficial a través de la Base Nacional de Subvenciones. Así
mismo la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, portal
web municipal.
Parla, a 28 de diciembre 2023.—La concejala del área de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad, Gema García Torres.
(03/21.918/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791